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NIG: 2905442C20130003107.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 837/2013. Negociado: 6.
Procuradora: Sra. María José Huéscar Durán.
Contra: Danielle Michelle Godley, Caja de Ahorros de Galicia y Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja.
Procuradora: Sra. María Isabel Luoue Rosales y Francisco José Abajo Abril.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 837/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de C.P. Doña María contra Danielle Michelle Godley, Caja de Ahorros de Galicia y Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja sobre reclamación de cuotas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio verbal registrados con el número 837/2013 en los que han sido parte demandante la comunidad de propietarios Doña María, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Huéscar Durán y asistida del Letrado Sr. Cruz García-Valdecasas, y parte demandada Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja (hoy Bankia), representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Abajo Abril y asistido del Letrado Sr. Díaz Bueno y Caja de Ahorros de Galicia (hoy NCG Banco, S.A.), representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Luque Rosales y asistida del Letrado Sr. Calderón Riestra, así como las Sras. Danielle Nichelle y Sabana Godley, rebeldes,
FALLO
Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Huéscar Durán en nombre y representación de la comunidad de propietarios Edificio Doña María, contra Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja (hoy Bankia), Caja de Ahorros de Galicia (hoy NCG Banco, S.A.) y las Sras. Danielle Nichelle y Sabana Godley.
I. Condeno solidariamente a las Sras. Danielle Nichelle y Sabana Godley a abonar a la actora la suma de 2.381,28 euros incrementada en la que resulte de aplicarle el interés legal del dinero desde el 20 de junio de 2013.
II. Declaro la preferencia del crédito indicado en el pronunciamiento anterior hasta la cantidad de 828,90 euros sobre el crédito con garantía hipotecaria que ostenta Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja (hoy Bankia), Caja de Ahorros de Galicia (hoy NCG Banco, S.A.) sobre la finca núm. 54.834 del Registro de la Propiedad núm. Uno de Fuengirola con afección de dicho inmueble al pago de la expresada suma.
III. Ordenar las modificaciones regístrales que procedan para llevar a efecto cuanto se acuerda en esta sentencia.
IV. Imponer a cada parte, respecto de la pretensión ejercitada contra Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja (hoy Bankia) y Caja de Ahorros de Galicia (hoy NCG Banco, S.A.) las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. Respecto de las deducidas contra las Sras. Danielle Nichelle y Sabana Godley, ambas abonarán las costas causadas la demandante con motivo de la reclamación que les ha sido dirigida.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Danielle Michelle Godley, Caja de Ahorros de Galicia y Caja de Ahorros de Valencia Castellón Alicante Bancaja, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a once de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario.
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