Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 05/12/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de noviembre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola, dimanante de autos núm. 848/2007.

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NIG: 2905442C20070001914.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 848/2007. Negociado: 1.

Sobre: Ordinario.

De: Miguel del Valle Gamuza.

Procuradora: Sra. María Luisa Castillo Segura.

Contra: Eduardo López Freniche y Vending-Shop, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 848/2007 seguido en eI Juzgado dePrimera Instancianúm. Cuatro deFuengirola a instancia de Miguel del Valle Ganuza contra Eduardo López Freniche y Vending-Shop, S.L., sobre Ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio ordinario registrados con el número 848/2007, en los que han sido parte demandante don Miguel del Valle Gamuza, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Castillo Segura y asistida del Letrado Sr. Fiestas Soler, y parte demandada Vending Shop S.L., y Eduardo López Freniche, en situación de rebeldía procesal.

En Fuengirola, a 11 de noviembre de 2014.

FALLO

Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Castillo Segura, en nombre y representación de don Miguel del Valle Gamuza contra Vending Shop S.L., y Eduardo López Freniche,

I. Declaro la resolución del contrato de 28 de diciembre de 2005 al que se refiere la demanda rectora del procedimiento.

II. Condeno a los demandados solidariamente a abonar a la actora la suma de 68.818,26 euros, incrementada en la que resulte de aplicarle el interés legal del dinero desde el 13 de septiembre de 2007.

III. Impongo al demandado las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Dada la situación de rebeldía de la parte demandada, la notificación deberá ser personal si se conociere domicilio o, en caso contrario, hacerse mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o en el Boletín Oficial del Estado.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Fdo.: Julián Cabrero López,Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Fuengirola (Málaga).

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la ha dictado constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Eduardo López Freniche y Vending-Shop, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a diecisiete de noviembre de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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