Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 09/12/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de junio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1019/2010. (PP. 2856/2014).

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NIG: 2906742C20100019453.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1019/2010. Negociado: MC.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Antonio Fernández Jiménez y doña Isabel Bernal Mancera.

Procurador: Sr. Javier Duarte Diéguez.

Contra: Doña María Dolores Chaves Trujillo, doña Remedios Palomo Franco, don Miguel Ignacio Guerrero Guerrero, doña Nuria Guerrero Guerrero, don Francisco Gálvez Antúnez y doña Encarnación Guerrero Guerrero.

Procuradoras: Sra. Ana María Mira López y Sra. María Victoria Mato Bruño.

Letrados: Sr. López Linares, Fernando y Sr. López Romero, Carlos Javier.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1019/2010, seguido a instancia de Antonio Fernández Jiménez frente a Francisco Gálvez Antúnez se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 27/2014

En Málaga, a seis de marzo de dos mil catorce.

Vistos por el Sr. don Antonio Valero González, Magistrado-Juez de Primera Instancia num. Diecisiete de esta ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1019/10 seguidos ante este juzgado a instancia de Antonio Fernández Jiménez e Isabel Bernal Mancera, representados por el procurador Sr. Duarte Diéguez y defendidos por el Letrado Sr. Rambla Narvez, contra Remedios Palomo Franco, declarada en rebeldía; Encarnación, Nuria y Miguel Ignacio Guerrero Guerrero representados por la Procuradora Sra. Mato Bruño y defendidos por el Letrado Sr. López Romero; Francisco Gálvez Antúnez, declarado en rebeldía y María Dolores Chaves Trujillo representada por la Procuradora Sra. Mira López y defendida por el Letrado Sr. López Linares, y,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Duarte Diéguez en nombre y representación de Antonio Fernández Jiménez e Isabel Bemal Mancera contra Encarnación, Nuria y Miguel Ignacio Guerrero Guerrero, Francisco Gálvez Antúnez y María Dolores Chaves Trujillo, debo condenar y condeno a éstos a elevar a Escritura Pública el contenido de los contratos de compraventa firmados por las partes en fechas 15 de octubre de 1973 y 15 de diciembre de 1973 (Docs. núms. 2 y 4 de la demanda) y referido a las fincas reseñadas en el Hecho primero de la demanda, bajo apercibimiento de que de no hacerlo voluntariamente se procederá por el Sr. Juez a otorgar en su nombre la correspondiente escritura; todo ello con imposición de las costas a Francisco Gálvez Antúnez y María Dolores Chaves Trujillo y sin imposición respecto a Encarnación, Nuria y Miguel Ignacio Guerrero Guerrero; igualmente debo absolver y absuelvo a Encarnación, Nuria y Miguel Ignacio Guerrero Guerrero y Remedios Palomo Franco éstos de la primera petición realizada en el suplico; todo ello sin imposición de las costas causadas respecto a Encarnación, Nuria y Miguel Ignacio Guerrero Guerrero y con imposición de costas respecto a Remedios Palomo Franco.

Esta Resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a interponer ante este Juzgado y a sustanciar ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y encontrándose dicho demandado, Francisco Gálvez Antúnez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga a diecinueve de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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