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NIG: 0401342C20080005500.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 854/2008. Negociado: T2.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Letrado Joaquín Monterreal Ramírez Consorcio de Compensación de Seguros.
Contra: Fersas Multiservicio, S.L.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 854/2008 seguido a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros frente a Fersas Multiservicio, S.L. se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 92/12
En Almería, a 30 de mayo de 2012.
Vistos por doña Ana M.ª Olivares Granados, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 854, del año 2008, a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros, asistido y representado por el Letrado sustituto del Abogado del Estado don Joaquín Monterreal Ramírez, contra la entidad Fersas Multiservicio, S.L, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por el Letrado sustituto del Abogado del Estado don Joaquín Monterreal Ramírez, en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, frente a Fersas Multiservicio, S.L, condenando a la referida demandada al pago a la demandante de la cantidad de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho euros con sesenta céntimos (44.258,60 €), más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de cincuenta euros (50 €), debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Organismos Autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Llévese el original al libro de sentencias.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo
Y encontrándose dicho demandado, Fersas Multiservicio, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Almería, a tres de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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