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NIG: 4109144S20120009895.
Procedimiento: Despidos/Ceses en general. 892/2012 Negociado: 4i.
De: Doña María García Sarmiento.
Contra: Federación Mujeres Progresistas de Andalucía y Fogasa.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 892/2012 a instancia de la parte actora doña María García Sarmiento contra Federación Mujeres Progresistas de Andalucía y Fogasa sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 28.10.13, del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda de extinción de relación laboral, reclamación de cantidad e impugnación de despido formulada por María García Sarmiento contra Federación de Mujeres Progresistas de Andalucía, siendo también parte el Administrador Concursal, don Javier Aguilar Cazorla, y el Ministerio Fiscal, y Fogasa declaro nulo el despido de fecha 9.7.2012 declarando extinguida la relación laboral que vincula a la actora con fecha de hoy, y le indemnice en la suma de a 9.940,80 euros , con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido 9.7.2012 hasta hoy, 28.10.2013.
Estimando la demanda de reclamación de cantidad formulada por María García Sarmiento contra Federación de Mujeres Progresistas de Andalucía, siendo también parte el Administrador Concursal Federación de Mujeres Progresistas de Andalucía, siendo también parte el Administrador Concursal, don Javier Aguilar Cazorla, y el Ministerio Fiscal, y Fogasa debo condenar y condeno la demandada Federación de Mujeres Progresistas de Andalucía a que abone a la trabajadora la suma de 13.021,85 euros más el 10% concepto interés por mora
No se hace especial pronunciamiento respecto de Administrador Concursal, don Javier Aguilar Cazorla, y Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo ser anunciado ante este Juzgado en la forma que establece la Ley siendo de aplicación lo dispuesto en la Ley de tasas.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Federación Mujeres Progresistas de Andalucía actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veintisiete de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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