Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 05/05/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de mayo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 250/2008. (PP. 768/2013).

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NIG: 4109142C20080007371.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 250/2008. Negociado: 5.º

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Transacciones Industriales Train, S.L.

Procuradora: Sra. María de los Ángeles Rodríguez Piazza.

Contra: CC.PP. Trajano 6, Trajano 6, S.A., Agencia Estatal de la Administración del Ministerio y Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, Asesoría Jurídica.

Procuradora: Sra. Inmaculada Pastor González.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 250/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintidós de Sevilla a instancia de Transacciones Industriales Train, S.L., contra CC.PP. Trajano 6, Trajano 6, S.A., Agencia Estatal de la Administración del Ministerio y Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, Asesoría Jurídica sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 136/2012

En Sevilla, a once de mayo de dos mil doce.

El Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia número Veintidós de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 250/2008, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Transacciones Industriales Train, S.L., con Procuradora doña María de los Ángeles Rodríguez Piazza y Letrado don Manuel Jiménez Portero; y de otra como demandados CC.PP. Trajano 6, la Procuradora doña Inmaculada Pastor González y asistida del Letrado don Fernando Garrido Rodríguez, la entidad Trajano 6, S.A., (R) Agencia Estatal de la Administración del Ministerio asistida del Abogado del Estado, y Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, asitido del Letrado don Francisco Javier Martínez Rivas, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que desestimando la demanda deducida por la Procuradora doña María de los Ángeles Rodríguez Piazza, en nombre y representación de Transacciones Industriales Train, S.L., contra la Comunidad de Propietarios de la calle Trajano núm. 6 y la entidad Trajano 6, S.A., no procede declarar a la entidad actora legítima propietaria de la finca objeto de litis, finca registral 2/19584 del Registro de la Propiedad núm. 10 de esta capital, absolviendo a los demandados de todos los pedimentos objeto, la demanda y estimando la demanda reconvencional, debo declarar y declaro que la inscripción en el Registro de la Propiedad de la constitución de la división horizontal del edificio, la calle Trajano, núms. 4-6, de Sevilla, no es coincidente con la realidad física extraregistral.

Que debo condenar y condeno a la entidad Trajano, 6, S.A., a otorgar escritura, con los propietarios del edificio, la calle Trajano, núm. 6, de esta capital, a fin de que se proceda a hacer constar la terminación de obras de rehabilitación del edificio, en consonancia con la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Sevilla con fecha 29 de junio de 1990 y la licencia de primera ocupación de fecha 17 de octubre de 1990, debiendo rectificar la constitución de la propiedad horizontal del edificio, con redefinición de los ‹distintos apartamentos, locales y las zonas comunes que la componen y rectificando debidamente las distintas cuota de participación en la Comunidad de Propietarios, corriendo la entidad Trajano 6, S.A., con todos los gastos, honorarios y arbitrios que se devenguen como consecuencia del otorgamiento de dicha escritura.

Que debo declarar y declaro que el espacio físico delimitado por la finca registral 2/19584 del Registro de la Propiedad número 10 de Sevilla, consistente en el local o apartamento en planta baja señalada con la letra B de la casa en Sevilla, señalada con los números 4 y 6 de la calle Trajano, con la superficie construida de 32 m² y 52 dm, que linda: al frente, con patio, derecha entrando, con local o apartamento A de la planta baja; izquierda, con zaguán de entrada; y, fondo, con calle Trajano forma parte de los elementos comunes del edificio necesarios para su adecuado uso y disfrute por tratarse del vestíbulo o zaguán de entrada del edificio, perteneciendo dicho espacio físico en pleno dominio a la Comunidad de Propietarios de la calle Trajano, núm. 6, de Sevilla, desde su constitución mediante Junta General de constitución de fecha 11 de octubre de 1990, en concepto de libre de cargas.

Que en consecuencia debo declarar y declaro la nulidad o cancelación de las inscripciones registrales que contradigan o se opongan a dicha declaración en particular se declara nula la inscripción de la finca registral número 2/19584 del Registro de la Propiedad número 10, de Sevilla, ordenando la cancelación de la inscripción primera y segunda de la finca, la cancelación de las anotaciones preventivas de embargo y afecciones fiscales, así como las demás inscripciones o anotaciones existentes sobre la misma, condenando a los demandados a estar y pasar por estas declaraciones.

Se condena a la entidad Transacciones Industriales Train, S.L., al abono de las costas del presente juicio, y a la entidad Trajano 6, S.A., y al Ayuntamiento de Sevilla, al abono de las costas de la demanda reconvencional.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4120 0000 04 250 08, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, la, pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Sevilla.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Trajano 6, S.A., C/ Guzmán El Bueno, núm. 133, Edf. AM Madrid, extiendo y firmo la presente en Sevilla, once de mayo de dos mil doce.- El/La Secretario.

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