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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Medidas de protección (art. 158 C.C.) núm. 337/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada a instancia de Francisco José Nieves Godoy contra Milagros Valeria Chávez Chávez, se ha dictado el Auto cuya parte dispositiva, es como sigue:
«Se acuerda estimar parcialmente la petición formulada por el Procurador de los Tribunales don David Ángel Ruiz Lorenzo, en nombre y representación de don Francisco José Nieves Godoy, adoptando las siguientes medidas:
1. La prohibición de salida del territorial nacional del hijo menor de la pareja, salvo previo consentimiento o autorización expresa y fehaciente del otro progenitor, o, en su defecto, autorización judicial previa.
2. Retirada de los pasaportes expedidos al hijo menor, que se encuentran en poder del actor, requiriéndosele mediante su representación procesal para que de inmediato haga entrega, en la oficina judicial de este Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de dichos pasaportes, y requiriendo a la demandada doña Milagros Valeria Chávez Chávez para que se abstenga de sacar al hijo menor de edad del territorio español, bajo apercibimiento de incurrir en las correspondientes responsabilidades, y de forma específica en delito de desobediencia a la autoridad y, en su caso, sustracción internacional del menor, acordándose introducir estas medidas en las bases de datos oportunas, a cuyo efecto expídanse los correspondientes oficios a la Dirección General de la Policía Nacional, Dirección General de la Guardia Civil y Jefatura Provincial de la Policía Nacional de Granada, y su correspondiente oficina de obtención de pasaportes, sin hacer especial imposición de costas.
Notifíquese la presente Resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a resolver por la llma. Audiencia Provincial de Granada.
Así lo acuerda, manda y firma doña Juana carrero Fernández, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Milagros Valeria Chávez Chávez, extiendo y firmo la presente en Granada, a veinte de abril de dos mil quince.- La Secretaria Judicial.
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