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NIG: 0490242C20090004585.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 964/2009. Negociado: BC.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 964/2009 seguido a instancia de Vicente Fernández López frente a Proyectos Urbanísticos Almerienses 2010, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de El Ejido (Almería), a veintitrés de marzo de dos mil once.
El Sr. don Manuel José Rey Bellot, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta Ciudad y su partido, ha visto y oído los presentes autos de Juicio Ordinario, con número 964 de 2009, seguidos en este Juzgado por resolución de contrato y reclamación de cantidad, instados por la Procuradora Sra. Ibáñez Martínez, en nombre y representación de don Vicente Fernández López, y asistido por el Letrado Sr. Lucas Martín frente a la mercantil Proyectos Urbanísticos Almerienses 2010, Sociedad Limitada, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
En nombre de su Majestad el Rey y por la autoridad que me confiere el pueblo español.
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Ibáñez Martínez, en nombre y representación de don Vicente Fernández López, frente a la mercantil Proyectos Urbanísticos Almerienses 2010, Sociedad Limitada, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro resuelto de pleno derecho el contrato de compraventa civil suscrito entres las partes litigantes en fecha veintisiete de abril de dos mil siete, por incumplimiento de la obligación de entrega de la cosa vendida por la demandada en la fecha pactada, mandando a esta última estar y pasar por tal declaración, y condenándola a la devolución al actor de la cantidad de diez mil euros (10.000 €) entregada por este último como parte del precio, más el pago por la demandada al actor del interés moratorio al tipo de 6% de la cantidad de 10.000 euros a cuya devolución se le condena, devengado por tal cantidad desde los días respectivos de abono de las cantidades a que asciende tal importe total, con expresa imposición de las costas procesales a la demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en este mismo Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Asi, por esta sentencia, de la que se dejará testimonio en autos y se llevará original al legajo, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Proyectos Urbanísticos Almerienses 2010, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En El Ejido, a diecisiete de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.
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