Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 05/10/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de septiembre de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro y de lo Mercantil de Jaén, dimanante de Procedimiento Juicio Ordinario núm. 1024/2014. (PP. 2344/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00076448.

NIG: 2305042M20140000907.

Procedimiento: Juicio Ordinario 1024/2014. Negociado: AS.

De: Cía. de Seguros Asemas.

Procuradora: Sra. Marina Esther de Ruz Ortega.

Contra: Don Enrique Prieto Arroyo y Hermanos Prieto Bermejo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Ordinario 1024/2014 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro y de lo Mercantil de Jaén a instancia de Cía. de Seguros Asemas contra Enrique Prieto Arroyo y Hermanos Prieto Bermejo, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«Vistos y examinados los presentes autos mercantiles núm. 1024/14, de juicio ordinario por don Luis Shaw Morcillo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Jaén y de lo Mercantil, seguidos a instancia de Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, representado por la Procuradora doña Marina Esther de Ruz Ortega, y asistido por el Letrado Sr. Duro Almazán, contra Hermanos Prieto Bermejo, S.L., y don Enrique Prieto Arroyo, en situación procesal de rebeldía.»

FALLO

Que estimando la demanda presentada en representación de Asemas Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija contra don Enrique Prieto Bermejo y Hermanos Prieto Bermejo, S.L., debo condenar y condeno a éstos a abonar solidariamente al actor la cantidad de 37.487,95 euros, más los intereses legales desde el 31.1.14; todo ello con imposición a la parte demandada de las costas del proceso.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma Audiencia Provincial de Jaén, debiendo interponerse en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión del recurso deberá, al interponerse, haberse consignado y abonado las cantidades legalmente exigibles.

Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Enrique Prieto Arroyo y Hermanos Prieto Bermejo, extiendo y firmo la presente en Jaén, a cuatro de septiembre de dos mil quince.- El/La Secretario.

Descargar PDF