Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 16/02/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de julio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 505/2011. (PP. 3387/2014).

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NIG: 2906742C20110009332.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 505/2011. Negociado: 5.

Sobre: Reclamación daños tráfico.

De: Don Antonio Sánchez García, Manuel Vera Romero y Juan Martín Peralta.

Procurador Sr.: Jesús Olmedo Cheli.

Letrado Sr.: Jesús Peláez Salido.

Contra: Cía. de Seguros Allianz y David Morillo Berlanga.

Procurador Sr.: Pedro Ballenilla Ros.

Letrado Sr.: Francisco Campuzano Caffarena.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 505/2011, seguido a instancia de Antonio Sánchez García, Manuel Vera Romero y Juan Martín Peralta frente a Cía. de Seguros Allianz y David Morillo Berlanga, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA NÚM. 7/2014

En Málaga a 14 de enero de 2014.

Vistos por mí, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 505/11, seguidos a instancias de don Antonio Sánchez García, don Manuel Vera Romero y don Juan Martín Peralta, representado/a por el Procurador don Jesús Olmedo Cheli y dirigido por el Letrado don Jesús Péláez Salido, contra don David Morillo Berlanga, declarado en rebeldía y Allianz, representada por el Procurador don Pedro Ballenilla Ros, y asistida del Letrado don Francisco Campuzano Caffarena, versando los autos sobre reclamación de cantidad.

«FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda de juicio verbal planteada por el Procurador don Jesús Olmedo Cheli, en representación de don Antonio Sánchez García, don Manuel Vera Romero y don Juan Martín Peralta, contra don David Morillo Berlanga y Allianz,

a. Condenando a don David Morillo Berlanga a abonar:

- la suma de dos mil novecientos quince euros con setenta y dos céntimos (2.915,72 euros) a Antonio,

- la suma de quinientos cincuenta y siete euros con treinta y siete céntimos (557,37 euros) a Manuel, y

- la suma de mil ochocientos un euros con ochenta y nueve céntimos (1.801,89 euros) a Juan,

Más los intereses legales y al pago de las costas del procedimiento, y

b. Absolviendo a Allianz de las pretensiones frente a ella ejercitadas, con imposición a la actora de las costas del Juicio.

Conforme a la Disposición Transitoria Única de la Ley 37/2011, de 10 octubre 2011, el 31.10.2011, esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno (artículo 455.1 LEC).

Notifíquese la misma a la parte demandada rebelde en la forma prevenida en el art. 497.2 de la LEC.

Inclúyase la misma en el libro de legajos dejando testimonio bastante en los autos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, doña Araceli Catalán Quintero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga.»

Y encontrándose dicho codemandado, David Morillo Berlanga, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintinueve de julio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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