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Por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 33/2003, de 13 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se ha acordado autorizar a la Comunidad Autónoma de Andalucía el uso temporal gratuito de parte de un inmueble, sito en la Plaza de Andalucía, número 5, de Lora del Río (Sevilla), por un período de cuatro años, prorrogable por otros cuatro, con destino a Oficina de Empleo.
La Consejería competente en materia de empleo ha considerado de interés la aceptación de la referida autorización de uso temporal, para el desarrollo de los fines, actividades y funciones que le son propios.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 20 de septiembre de 2016,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la autorización de uso temporal gratuito acordada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de parte de un inmueble, sito en la Plaza de Andalucía, número 5, de Lora del Río (Sevilla), por un período de cuatro años, prorrogable por otros cuatro, con destino a Oficina de Empleo, que tiene la siguiente descripción:
Superficie de 391,77 m2 útiles situados en la planta primera y de 49,14 m2 útiles situados en la planta de castillete del referido inmueble, inscrito en el Registro de la Propiedad de Lora del Río como Finca registral 2.951, al tomo 507, libro 160, folio 29, y con referencia catastral 6708225TG7760N0001SR.
Segundo. La autorización de uso temporal gratuito se formalizará en acta de entrega suscrita por las partes en donde quede constancia del estado en el que se produce la puesta a disposición del bien objeto de autorización, así como de cualquier otra circunstancia que se considere de interés dejar patente de forma expresa.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la autorización de uso temporal gratuito del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Empleo, con destino a Oficina de Empleo.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 20 de septiembre de 2016
SUSANA DÍAZ PACHECO | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |