Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 04/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de octubre de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 1571/2015.

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NIG: 2906742C20150036054.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim. menor no matr.noconsens 1571/2015. Negociado: A.

Sobre: G. y Custodia Cont.

De: Rosimeire Rodrigues Dos Santos.

Procuradora: Sra. M.ª Inmaculada Trevilla Vives.

Letrada: Sra. María Luisa Giménez Vevia.

Contra: Cristian Nicolás Petersen.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 1571/2015 seguido en eI Juzg. de 1.ª Instancia núm. Seis de Málaga a instancia de Rosimeire Rodrigues Dos Santos contra Cristian Nicolás Petersen sobre G. y Custodia Cont., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Guarda y custodia y prestación de alimentos.

Autos núm. 1571/15.

SENTENCIA núm. 620/16

En Málaga, a diecisiete de octubre de dos mil dieciséis.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis (de familia), los autos de Guarda y Custodia y Prestación de alimentos núm. 1571/15 seguidos a instancias de doña Rosimeire Rodriguez Dos Santos, representada por la Procuradora doña María Inmaculada Trevilla Vives y asistida de la Letrada doña María Luisa Giménez Vevia, contra don Cristian Nicolás Peterson, siendo parte el Ministerio Fiscal, con los siguientes

FALLO

Se atribuye a la madre la guarda y custodia del hijo menor, asi como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

No se establece régimen de visitas en favor del padre. Se fija con cargo al padre una pensión alimenticia de ciento ochenta (180) euros mensuales que se actualizará anualmente de conformidad con las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo fijado por el INE u organismo que le sustituya.

No es procedente expreso pronunciamiento sobre costas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación y previa la consignación exigida por la legislación vigente.

Asi lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Cristian Nicolás Petersen, extiendo y firmo la presente en Málaga, a dieciocho de octubre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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