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NIG: 1808742C2012H000022.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 879/2012. Negociado: 09.
Sobre: Oposición monitorio.
De: C.P. Edificio Arrayanes.
Procurador: Sr. Eduardo José Vilches Fernández.
Letrado: Sr. Andrés Jiménez Lechuga.
Contra: Banco Español de Crédito, S.A. y Dolores Rodríguez Blanco.
Procuradora: Sra. María Pilar Fariza Rodríguez.
Letrado: Sr. Eduardo Luis Martínez Martínez.
EDICTO
En, cuyo tenor literal es el siguiente:
Doña. Rosa María Martínez Molina, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Diecisiete de Granada.
Hace saber: Que en el presente procedimiento de Juicio Verbal núm. 879/2012, seguido a instancia de C.P. Edificio Arrayanes frente a Dolores Rodríguez Blanco y a Banco Español de Crédito, S.A., se ha dictado sentencia núm. 32/13, de fecha 13 de marzo de 2013, contra la que no cabe interponer recurso alguno.
Los autos quedan en esta oficina judicial a disposición de las partes, donde los interesados podrán tener conocimiento íntegro de la resolución.
(Ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).
Y encontrándose la demandada, Dolores Rodríguez Blanco, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Granada, a once de enero de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 cíe diciembre, de Protección de Datos de Caracter Personal)».
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