Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 30/05/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 25 de mayo de 2018, de la Universidad de Almería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir temporalmente el puesto de «Interventor» en esta Universidad mediante la concesión de una Comisión de Servicios.

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Encontrándose vacante el puesto de Interventor en esta Universidad, y siendo necesario cubrir de forma urgente con personal funcionario capacitado para su desempeño, se procederá a la cobertura temporal del citado puesto mediante la concesión de una Comisión de Servicios.

Por lo expuesto, este Rectorado en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, en relación con el artículo 2.e de la misma norma y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 51 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre (BOJA de 24 de diciembre de 2003), ha resuelto proveer dicha plaza por comisión de servicio mediante convocatoria pública, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primero. Convocatoria.

Se convoca una Comisión de Servicios para la cobertura temporal del puesto de trabajo de Interventor, cuyas características se especifican en el Anexo I de esta resolución.

Segundo. Participantes.

Podrá participar en la convocatoria el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos del puesto de trabajo convocado, que pertenezcan a Cuerpos o Escalas de las Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica, Local, Universitaria) clasificados en los subgrupos A1 o A2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, relacionados con las actividades de Intervención y/o Auditoría, y que tenga acreditada al menos una experiencia de cinco años en la emisión de informes de fiscalización/auditoria.

Tercero. Méritos.

Los méritos a valorar en la presente convocatoria son los recogidos en el Anexo II de esta resolución.

Cuarto. Solicitudes y documentación.

1. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso deberán presentar instancia dirigida al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Almería, a la que se acompañará fotocopia del DNI y en la que se harán constar los siguientes extremos:

a) Nombre y apellidos del aspirante, DNI, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono, en su caso, así como declaración de reunir los requisitos exigidos en la base segunda.

b) Documento acreditativo del grado personal consolidado emitido por la Administración Pública donde preste servicios el solicitante.

c) Documentos acreditativos de la Experiencia Profesional en puestos de similar naturaleza y responsabilidad.

d) Certificación acreditativa de aptitud o aprovechamiento de las actividades formativas alegadas.

2. Las instancias se presentarán preferentemente en el Registro General de la Universidad de Almería, presencial o telemático, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas en dichas Oficinas, antes de ser certificadas.

3. El plazo para la presentación de instancias será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. La publicidad de actos y acuerdos que se dicten durante el desarrollo del proceso selectivo se realizará mediante su inserción en los tablones de anuncios y en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería.

Quinto. Procedimiento.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la citada Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. Una vez finalizado dicho plazo, el Rector dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y nombrando a los miembros de la Comisión de Valoración.

2. Una vez constituida, la Comisión de Valoración hará pública la Resolución por la que se apruebe la puntuación obtenida por los aspirantes en la primera fase del baremo «Méritos Generales» (Anexo II). Los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la citada resolución, para realizar las reclamaciones y/o alegaciones que consideren oportunas

3. Examinadas y resueltas, en su caso si las hubiera, las reclamaciones y/o alegaciones a la Resolución anterior, la Comisión de Valoración hará pública Resolución definitiva en la que se incluirán los siguientes extremos:

a) Aspirantes que pasan a la 2.ª Fase, Fase de Méritos Específicos del Baremo del Anexo II, tal y como se establece en dicho Anexo II en el punto relativo a la 1.ª Fase. Fase de Méritos Generales.

b) Concesión de un plazo de 20 días naturales para que los aspirantes propuestos en el apartado a) presenten la Memoria indicada en el apartado 2.1. Memoria de la Segunda Fase. Méritos Específicos del Baremo (Anexo II).

4. Finalizado el plazo de presentación de Memorias, la Comisión procederá a la valoración de las Memorias presentadas y hará pública la relación de aspirantes que hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en el apartado 2.1. Memoria del Anexo II, así como la citación al Acto de Exposición y Defensa previsto en el apartado 2.2 del Anexo II.

5. Tras la celebración de dicho acto, la Comisión de Valoración publicará la propuesta de adjudicación del Puesto de Trabajo que elevará al Rectorado de la Universidad o, en su caso, la propuesta de declaración de desierto. Dicha propuesta de adjudicación podrá contener hasta un máximo de 5 candidatos ordenados por las puntuaciones obtenidas según el Baremo (Anexo II).

6. Para efectuar el nombramiento en comisión de servicios por el Rectorado de la Universidad se requerirá el consentimiento de la Administración Pública a que pertenezca el funcionario propuesto. En el supuesto de que no se otorgara el consentimiento de la Administración Pública correspondiente, se procederá a la designación del siguiente candidato.

Sexto. Duración de la comisión.

La comisión de servicios se concederá por un año, prorrogable por decisión del Rectorado por otro periodo de un año.

Séptimo. Situación Administrativa.

La persona nombrada en comisión de servicios permanecerá durante el tiempo de su duración en situación administrativa de servicio activo en su correspondiente cuerpo o escala.

Octavo. Publicación.

Una vez culminado el procedimiento administrativo previsto en las presentes bases, se procederá a la publicación de la Resolución de nombramiento en Comisión de servicios en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el artículo 62.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por el Decreto 237, de 12 de julio de 2011. Contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 25 de mayo de 2018.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

ANEXO I

PUESTO DE TRABAJO CONVOCADO EN COMISIÓN DE SERVICIOS

Num. Plazas: 1.

Denominación: Interventor.

Adscripción: Funcionario

Grupo/Subgrupo: A1/A2.

Nivel: 29.

C. Específico: 30.660 €.

ANEXO II

BAREMO

1.ª Fase. méritos generales (máximo 25 puntos).

El número máximo de aspirantes que superarán esta fase no será superior a 10, según el orden determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en esta fase, y siempre que se obtenga una puntuación mínima de 10 puntos.

1.1. Grado Personal Consolidado (Máximo 10 puntos): Se valorará el Grado Personal Consolidado de acuerdo con el siguiente baremo:

• De Nivel 20 a Nivel 22: 1 punto.

• De Nivel 23 a Nivel 24: 3 puntos.

• De Nivel 25: 5 puntos.

• De Nivel 26: 6 puntos.

• De Nivel 27: 7 puntos.

• De Nivel 28: 8 puntos.

• De Nivel 29: 9 puntos.

• De Nivel 30: 10 puntos.

1.2. Experiencia Profesional en Puestos de similar naturaleza y responsabilidad al Puesto de Trabajo convocado (Máximo 10 puntos): 1 punto por año o fracción computada por meses.

1.3. Actividades formativas relacionadas con el Puesto de Trabajo convocado realizadas en los últimos 5 años (Máximo 5 puntos): 0,01 puntos por hora.

2.ª Fase. méritos específicos (máximo 20 puntos).

Para la superación de esta Fase de Méritos Específicos será requisito necesario la obtención de una puntuación mínima de 10 puntos.

2.1. Memoria (Máximo 10 puntos). Consistirá en una propuesta organizativa que contendrá como mínimo:

• Descripción de las Tareas y Responsabilidades del Puesto de Trabajo.

• Competencias Necesarias.

• Requisitos, Condiciones y Medios (Materiales, Humanos, etc.) para su Desempeño.

• Propuesta Organizativa.

Las Memorias tendrán los siguientes requisitos formales:

• Presentación en formato PDF.

• Formato A4.

• Letra: Times New Roman 12 pt.

• Interlineado sencillo.

• Márgenes Normales (Superior e Inferior: 3 cm; Izquierdo y Derecho: 2,5 cm.).

• Extensión (Excluida Portada, Índice y Bibliografía y Referencias): Máximo 50 páginas.

La puntuación mínima exigida en este apartado para poder realizar la presentación y defensa será de 5 puntos.

2.2. Presentación y Defensa de la Memoria (Máximo 10 puntos).

La Comisión citará a los aspirantes para la presentación y defensa de la Memoria en sesión pública. Los aspirantes dispondrán de un máximo de 30 minutos. A continuación, si procede, la Comisión formulará al aspirante todas las preguntas y cuestiones que suscite la Memoria, su presentación, así como otras relacionadas con el desempeño del puesto de trabajo.

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