Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 08/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de abril de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 695/2017. (PP. 1562/2018).

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NIG: 2906742C20170017832.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 695/2017. Negociado: A.

Sobre: Divorcio.

De: Alberto García González.

Procuradora: Sra. Teresa Garrido Sánchez.

Letrada: Sra. Begoña Rivero Rodríguez.

Contra: Susana Andrea Silva Casal.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 695/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga a instancia de Alberto García González contra Susana Andrea Silva Casal sobre divorcio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 245/18

En Málaga, a once de abril de dos mil dieciocho.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis (de familia) los autos de divorcio contencioso núm. 695/17 promovidos por la Procuradora doña Teresa Garrido Sánchez, en nombre y representación de don Alberto García González, asistida por la Letrada doña Begoña Rivero Rodríguez, contra doña Susana Andrea Silva Casal, con los siguientes

F A L L O

Debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio entre don Alberto García González y doña Susana Andrea Silva Casal, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, incluida la disolución del régimen económico matrimonial.

No es procedente hacer especial pronunciamiento sobre costas.

Comuníquese esta sentencia al Registro Civil correspondiente para su anotación.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, previa la consignación exigida por la legislación vigente.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicacion. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez que la dictó, estando celebrando Audiencia Pública el día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Susana Andrea Silva Casal, extiendo y firmo la presente en Málaga, a dieciséis de abril de dos mil dieciocho.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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