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De conformidad con lo previsto en artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Dirección Provincial resuelve hacer público el Acuerdo de 4 de julio de 2018, de la Secretaria Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería, por el que se delegan competencias en materia de autenticación o compulsa de documentos, cuyo texto figura como anexo de la presente resolución
ANEXO
ACUERDO DE LA SECRETARIA PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO EN ALMERÍA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN O COMPULSA DE DOCUMENTOS
El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten para los ciudadanos en el Registro de Documentos corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura del servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.
La Resolución de 6 de octubre de 2011, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en materia de personal y de gestión del gasto en los órganos directivos del Servicio Andaluz de Empleo y se atribuyen competencias a los Secretarios Provinciales dispone, en el apartado d) del resuelve tercero, que los Secretarios Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo ejercerán las funciones de administración general y registro.
Con el fin de mejorar la eficacia de la gestión administrativa y racionalizar la organización del trabajo, es preciso efectuar la delegación de competencias en esta materia a los titulares de otras unidades administrativas, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por todo lo anterior, esta Secretaría Provincial
A C U E R D A
Primero. Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas o compulsadas de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, en el personal funcionario dependiente de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Almería destinado en el puesto que a continuación se cita:
- Código 12701410 Auxiliar Administrativo.
Segundo. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.
Tercero. La delegación de competencia se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.
Cuarto. De conformidad con lo establecido en el Artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación.
Almería, 9 de julio de 2018.- El Director, Miguel Ángel Tortosa López.
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