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NIG: 2906742C20160002431.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario. 136/2016. Negociado: 06.
De: Don Francisco José Parra Bravo, Salvador Parra Bravo y María Angustias Parra Bravo.
Procurador: Sr. Francisco José Martínez del Campo.
Contra: General Malagueña de Inversiones, S.A.
EDICTO
En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia núm. 319/2017, de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete, que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales, don Francisco José Martínez del Campo, en nombre de Francisco José Parra Bravo, Salvador Parra Bravo y María Angustias Parra Bravo, contra General Malagueña de Inversiones, S.A., de ignorado paradero, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse dentro de los veinte días siguientes a su notificación y del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga, indicando a las partes la necesidad de constitución de depósito para recurrir por importe de 50 euros, mediante consignación en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado 2936 0000 04 0136 16, advirtiéndoles que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, se extiende para que sirva de cédula de notificación a dicho demandado, debiendo dirigirse a este Juzgado para conocer el contenido íntegro de la sentencia y ello en aplicación 236 LOPJ y 212 LEC.
En Málaga, a diecinueve de enero de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberían ser tratado exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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