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NIG: 1101242C20150005267.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 977/2015. Negociado: PL.
De: Consorcio de Compensacion de Seguros.
Contra: David Elvira Martínez y Segurcaixa Adeslas, S.A., Seguros y Reaseguros.
Procurador: Sr. Eduardo Funes Fernández.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA NÚM. 86/17
Juez que la dicta: Doña Candelaria Sibon Molinero.
Lugar: Cádiz.
Fecha: Dieciocho de abril de dos mil diecisiete.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El Consorcio de Compensación de Seguros, a través de su representación legal, presentó Demanda por los trámites del Juicio Verbal, contra don David Elvira Martínez y contra SegurCaixa Adeslas, S.A., de Seguros y Reaseguros, en reclamación de la cantidad de dos mil ochocientos dos euros con cuarenta y cuatro céntimos (2.802,44 €), y solicitó la condena solidaria de los demandados a abonar la expresada cantidad, más sus intereses legales correspondientes, y al pago de las costas ocasionadas en este juicio.
Segundo. Admitida la Demanda y declarándose este Juzgado competente para su conocimiento y tramitación por el procedimiento Verbal, se señaló día y hora para la celebración del juicio citándose al codemandado, don David Elvira Martínez, por Edictos al fracasar todos los intentos de averiguación de su domicilio.
Al juicio compareció la representación legal de la actora, y la aseguradora SegurCaixa, a través de su representación procesal y con asistencia de abogado, no haciéndolo el Sr. Elvira Martínez que fue declarado en rebeldía.
Abierto el acto, el actor se ratificó en su petición, y solicitó el recibimiento del juicio a prueba; la dirección jurídica de la aseguradora demandada se opuso a las pretensiones de la actora y argumentó la falta de aseguramiento del vehículo a cuyo conductor se atribuye la responsabilidad en el accidente.
No existiendo conformidad entre las partes, se propusieron pruebas, consistentes en documental e interrogatorio del demandado, que fue admitida.
Tras el trámite de conclusiones, se dio por terminado el juicio y quedaron los autos conclusos para Sentencia.
FALLO
Estimo parcialmente la Demanda formulada por el Consorcio de Compensacion de Seguros, representado por el el Letrado, don José Manuel Andreu Estaún, contra don David Elvira Martínez, en situación procesal de rebeldía, y contra SegurCaixa Adeslas, S.A., de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador, don Eduardo Funes Fernández; y condeno a don David Elvira Martínez a abonar a la actora la cantidad de dos mil ochocientos dos euros con cuarenta y cuatro céntimos (2.802,44 €) e intereses legales correspondientes.
Absuelvo a SegurCaixa Adeslas, S.A., de Seguros y Reaseguros, de las pretensiones contra la misma deducidas.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Contra esta Resolución no cabe recurso (art. 455.1 LEC).
Así por esta Sentencia de la que se unirá Testimonio a los Autos originales, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de David Elvira Martínez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Cádiz, a veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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