Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 22/01/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 27 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vélez Rubio, dimanante de autos núm. 102/2017. (PP. 30/2018).

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Número de Identificación General: 0409941C20171000135.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 102/2017. Negociado: FG.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vélez Rubio.

Juicio: Procedimiento Ordinario 102/2017.

Parte demandante: Paul John Patridge.

Parte demandada: Fast Track Properties, S.L.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto del encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA nÚM. 48

En nombre de Su Majestad el Rey de España,

En Vélez Rubio, a 26 de octubre de 2017,

Vistos por mí, Fco. Javier Kimatrai Salvador, los Autos del presente procedimiento al que ha correspondido el número arriba indicado y en el que ha comparecido como parte demandante Paul John Patridge, representado por la Procuradora Sra. Aliaga Monzón y asistido por el Letrado Sr. López Corchón. Y como parte demandada Fast Track Properties, S.L., en situación procesal de rebeldía, procedo a resolver al amparo de los siguientes,

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Paul John Patridge, representado por la Procuradora Sra. Aliaga Monzón, debo condenar y condeno a Fast Track Properties, S.L., a elevar a escritura pública el contrato de compraventa privado suscrito con la parte actora de fecha 10 de octubre de 2008 obrante al documento 4 de la demanda y ello con expresa condena a la demandada al pago de las cotas causadas en esta instancia.

La parte actora deberá previamente consignar ante este Juzgado y a favor de la demandada la cantidad de un euro (1 euro) en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Comuníquese a las partes.

Líbrese testimonio de la presente resolución que se unirá a los autos, quedando el original archivado en el legajo de resoluciones finales de este Juzgado.

La presente resolución no es firme y contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilustre Audiencia Provincial de Almería en el plazo de veinte días.

Por esta mi Sentencia, lo acuerda, manda y firma, S.S.ª

Diligencia publicacion. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Sr. Juez que la suscribe en el de su fecha, estando celebrando audiencia pública de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, Diligencia de Ordenación de fecha 27 de octubre de 2017. La Letrada de la Administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Vélez Rubio, a veintisiete de octubre de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia. La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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