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NIG: 4109142C20160058656.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1676/2016. Negociado: 6.
Sobre: Divorcio.
De: Doña Jannette Salguero Seña.
Procurador: Sr. Fernando Martínez Nosti.
Letrada: Sra. Verónica Núñez Aparicio.
Contra: Don Juan Carlos Martínez Huanca.
EDICTO
En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1676/2016, seguido a instancia de Jannette Salguero Seña frente a Juan Carlos Martínez Huanca, se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 274/2018
En Sevilla, a 9 de mayo de 2018.
Vistos por la Ilma. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Siete de Sevilla doña Antonia Roncero García los presentes autos de Divorcio, seguidos con el número 1676/2016 a instancias del Procurador Sr. Fernández Nosti en nombre y representación de doña Jannette Salguero Seña con asistencia letrada contra don Juan Carlos Martínez Huanca, declarado en rebeldía, y con intervención del Ministerio Fiscal.
(...)
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Fernández Nosti en nombre y representación de doña Jannette Salguero contra don Juan Carlos Martínez Huanca declaro disuelto el matrimonio y se adoptan como efectos definitivos:
- La guarda y custodia del hijo menor de edad L.F. se atribuye a la madre.
- El ejercicio de la patria potestad del hijo menor de edad L.F. se atribuye a la madre.
- Se establece como contribución a los alimentos del hijo L.F. a cargo del padre la suma de 150 euros al mes a cargo del padre desde la presentación de la demanda más el IPC anual y el 50% de los gastos extraordinarios a abonar dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe la actora.
No se hace expresa condena en costas.
Llévese testimonio de la presente a los autos principales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra esta Sentencia cabe recurso de apelación, en el plazo de veinte días.
Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Juan Carlos Martínez Huanca, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a once de septiembre de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»
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