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NIG: 4109142C20160019969.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 609/2016. Negociado: 1.
De: José María García Viejo.
Letrado: Sr. Miguel Ángel Martín Acevedo.
Contra: José María Cacheiro Ruiz.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
«SENTENCIA NÚM. 96/2017
Juez que la dicta: Doña Sofia Barrera Pardo.
Lugar: Sevilla.
Fecha: Treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.
Parte demandante: José María García Viejo.
Abogado: Miguel Ángel Martín Acevedo.
Parte demandada: José María Cacheiro Ruiz.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don José M.ª García Viejo en su propio nombre y derecho contra don José M.ª Cacheiro Ruiz y en consecuencia:
1.º Condeno al demandado a realizar las obras necesarias para que desaparezcan las filtraciones en la vivienda del actor.
2.º Condeno al demandado a pagar al actor 86,50 euros en concepto de daños causados, más intereses y costas según los fundamentos de referencia.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Sevilla, a treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.»
Y como consecuencia del ignorado paradero de José María Cacheiro Ruiz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Sevilla, a veintidós de enero de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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