Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 11/05/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Extracto de la Orden de 8 de mayo de 2018, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2018.

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BDNS (Identif.): 397772 (L1), 397774 (L2).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones reguladas en la Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, de 2 de agosto de 2017, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican para cada línea:

Denominación de la Línea Cuantía máxima Partidas presupuestarias
Línea 1. Subvenciones institucionales en materia de inversiones en centros de atención a las drogodependencias y adicciones. 310.000,00 €
1300170000 G/31B/76600/00 A1971055I1
1300170000 G/31B/78200/00 A1971055I1
Línea 2. Subvenciones institucionales en materia de accesibilidad en infraestructuras sociales, atendiendo de manera especial al colectivo de personas con discapacidad. 395.080,00 € 1300170000 G/31R/76500/00 A1971055I2

Segundo. Población beneficiaria.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades públicas o privadas descritas para cada una de las líneas en el Anexo I que se acompaña.

Tercero. Objeto.

El objeto de cada una de las líneas convocadas se describe en el Anexo I que se acompaña.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, aprobadas mediante la Orden de 2 de agosto de 2017 (BOJA núm. 151, de 8 de agosto de 2017).

Quinto. Importe.

La dotación máxima de cada una de las líneas se refleja en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las subvenciones a conceder para cada una de las líneas se describe en el Anexo I que se acompaña.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud se podrán obtener, además de en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

Sevilla,

MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales

ANEXO I

Línea 1. Subvenciones institucionales en materia de inversiones en centros de atención a las drogodependencias y adicciones.
PERSONAS BENEFICIARIAS
- Entidades Locales y Entes Públicos de ellas dependientes.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto o fin social sea la atención a las drogodependencias y adicciones.
OBJETO Las subvenciones reguladas en este cuadro resumen tendrán por objeto las inversiones a llevar a cabo para la edificación de centros nuevos de atención a las drogodependencias y adicciones, así como para la reforma de centros ya existentes para su adecuación a las necesidades derivadas de su funcionamiento.
IMPORTE El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar el 100% del importe solicitado.
Línea 2. Subvenciones institucionales en materia de accesibilidad en infraestructuras sociales, atendiendo de manera especial al colectivo de personas con discapacidad.
PERSONAS BENEFICIARIAS Ayuntamientos.
OBJETO Facilitar la progresiva eliminación de barreras detectadas en los espacios públicos y en edificaciones sociales, en la medida en que aquellas actuaciones benefician a las personas con discapacidad.
IMPORTE El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar la cuantía máxima de 50.000 € en los términos previstos en el apartado 5.a) el cuadro resumen de la presente línea.
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