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NIG: 2906742C20160026960.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1150/2016. Negociado: 5.
Sobre: Pago de suministros de combustible.
De: Estacion de Servicio Paneque, S.L.
Procurador: Sr. Juan Antonio Carrión Calle.
Letrado: Sr. José Alberto Jiménez Tejada.
Contra: Logística y Transporte Dijuma, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1150/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga a instancia de Estacion de Servicio Paneque, S.L., contra Logística y Transporte Dijuma, S.L., sobre pago de suministros de combustible, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 197/2017
En Málaga, a dos de noviembre de dos mil diecisiete.
Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Ordinario que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de la E.S. Paneque, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales señor Carrión Calle y asistido del Letrado señor Jiménez Tejada, contra la también mercantil Logística y Transporte Dijuma, S.L., en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando en su integridad la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales señor Carrión Calle, en nombre y representación de E.S. Paneque, S.L., sobre abono de 7.996,78 euros, frente a Logística y Transporte Dijuma, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la citada suma, más intereses legales según se expresó en el cuerpo de esta resolución, y costas.
Notifíquese la presente resolución con instrucción de posible recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Logística y Transporte Dijuma, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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