Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00157862.
NIG: 2305042120180003776.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 449/2018. Negociado: A2.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Límite 24.
Contra: Don José Berenguer Rico.
Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. doña María Ángeles García Rueda.
En Jaén, a diez de junio de dos mil diecinueve.
Habiendo sido devuelto con carácter negativo la remisión de la notificación de la sentencia por correo certificado, únase, y encontrándose el demandado José Berenguer Rico en situación de rebeldía procesal, de conformidad con el artículo 497 de la L.E.C., acuerdo:
Notificarle la sentencia mediante edicto, por hallarse el demandado en paradero desconocido, publicando un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, haciéndole entrega a la parte actora de los despachos para su publicación, cuidando la misma del diligenciado de dicha publicación.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición ante este Letrado/a de la Administración de Justicia conforme al artículo 452 de la L.E.C. en el plazo de cinco días.
Lo acuerdo y firmo, doy fe.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Descargar PDF