Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00162789.
NIG: 4109142120180019170.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 510/2018. Negociado: 2G.
De: Productos Lozano, S.L.
Procurador: Sr. Félix del Valle Vigón.
Contra: Distribuciones Alimentarias La Toscana, S.L.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 510/2018, seguido a instancia de Productos Lozano, S.L., frente a Distribuciones Alimentarias La Toscana, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 125/2019
En Sevilla, a 15 de mayo de 2019.
Vistos por Antonio Marco Saavedra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintisiete de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el núm. 510/18, a instancia de Productos Lozano, S.L., representado por el Procurador Sr. del Valle Vigón y defendido por letrado contra Distribuciones Alimentarias La Toscana, S.L., en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. del Valle Vigón, en nombre y representación de Productos Lozano, S.L., contra Distribuciones Alimentarias La Toscana, S.L., la debo condenar y condeno a entregar al demandante la suma de 3.579,11 euros, con sus intereses legales calculados en la forma prevista en la Ley 3/2004.
Se imponen las costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E./
Publicación. La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Ilmo. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe que obra en autos.
Y encontrándose dicho demandado, Distribuciones Alimentarias La Toscana, S.L., con CIF B-91536177, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a veintinueve de mayo de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Descargar PDF