Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 27/03/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 3 de septiembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de La Palma del Condado, dimanante de autos núm. 356/2016. (PP. 445/2019).

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NIG: 2105442C20160001025.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 356/2016. Negociado: JF.

Sobre: Responsabilidad extracontractual en materia de tráfico.

De: Doña María José Forero Clemente.

Procuradora: Sra. Remedios García Aparicio.

Letrado: Sr. Antonio José Bernal Martínez.

Contra: Don Javier León Ibáñez y Catalana Occidente Seguros.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Ordóñez Soto.

Letrado: Sr. Fco. José Amo Mancheño.

EDICTO

María Luisa Corts Perez, Letrada de la Administraciond e Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de La Palma del Condado (Huelva).

Hago saber:

En el Juicio referencia se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia e Instruccion núm. Tres de La Palma del Condado (Huelva).

Calle de la Justicia, núms. 4-6, 1.ª planta.

Tlfns.: 662 975 844 y 662 975863. Fax: 959 027 221.

Email: jmixto.3.palma.jus@juntadeandalucia.es.

NIG: 2105442C20160001025.

Procedimiento: Proced.ordinario (N) 356/2016. Negociado: JF.

Sobre: Responsabilidad extracontractual en materia de tráfico.

De: Doña María José Forero Clemente.

Procuradora: Sra. Remedios García Aparicio.

Letrado: Sr. Antonio José Bernal Martínez.

Contra: Catalana Occidente Seguros y Javier León Ibáñez.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Ordóñez Soto.

Letrado: Sr. Francisco José Amo Mancheño.

SENTENCIA

En La Palma del Condado, a ocho de noviembre de dos mil diecisiete.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Remedios García Aparicio, en nombre y representación de doña María José Forero Clemente.

1. Debo condenar y condeno a don Javier León Ibáñez y Catalana Occidente Seguros a abonar solidariamente la cantidad de siete mil ochocientos ochenta y cuatro euros y cincuenta y ocho céntimos (7.884,58 €), más los intereses legales en la forma dispuesta en el fundamento de derecho sexto.

2. Debo condenar y condeno a don Javier León Ibáñez a abonar la restante cantidad de ciento cincuenta euros (150 €), más los intereses legales en la forma dispuesta en el fundamento de derecho sexto.

Con expresa condena en costas a los demandados.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, conforme al artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, don Carlos Serrano García, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de La Palma del Condado. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del demandado don Javier León Ibáñez por diligencia de ordenación de esta fecha la Letrada de la Administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

En La Palma del Condado, a tres de septiembre de dos mil dieciocho.- La Letrada de la Administracion de Justicia.

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