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AAU/JA/0054/18.
Advertido errores en el acuerdo de referencia, se procede a su correspondiente modificación:
Donde dice:
De conformidad con lo previsto en el art. 31.3 del Capítulo II del Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en virtud de la competencia atribuida el art. 7.1 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada, así como de conformidad con el art. 19 del mismo, los arts. 15.1 y 48.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de las Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el articulo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Debe decir:
De conformidad con lo previsto en el art. 31.3 del Capítulo II del Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en virtud de la competencia atribuida el art. 7.1 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada, así como de conformidad con el art. 19 del mismo, el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Donde dice:
Afección a la vía pecuaria: «Cañada Real de la Perulera».
Debe decir:
Afección a la vía pecuaria: Ninguna Vía Pecuaria.
Donde dice:
Segundo: La Publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Acuerdo, a fin de que durante el plazo treinta días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación se puedan realizar alegaciones, y en particular, en lo relativo a la ocupación de vía pecuaria, se añadirán veinte días hábiles para tales alegaciones.
Debe decir:
Segundo: La Publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Acuerdo, a fin de que durante el plazo treinta días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación se puedan realizar alegaciones.
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