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La Universidad de Málaga, como actor principal de la investigación de excelencia en Andalucía, requiere consolidar e impulsar sus estructuras de investigación y desarrollo. Los proyectos de investigación constituyen la primera modalidad de investigación que se desarrolla en las universidades y son el pilar para la consolidación de las diferentes líneas de investigación que llevan a cabo los grupos y equipos universitarios de investigación.
En el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020 la Junta de Andalucía, en colaboración con las universidades andaluzas, ha puesto en marcha este programa de actuaciones con objeto de fomentar la realización de proyectos de I+D+i que, por su temática y objetivos, deberán estar necesariamente incluidos en alguna de las prioridades temáticas de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 (RIS3), en el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) y en el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 (Objetivo Específico 1.2.3. «Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes»). Los proyectos de investigación deberán seleccionarse mediante criterios de excelencia investigadora.
1. Modalidades de ayudas.
Las ayudas previstas tienen como finalidad la realización de Proyectos de investigación orientados a los retos de la sociedad andaluza. Esta modalidad de ayuda tiene por finalidad la puesta en marcha de proyectos competitivos realizados por equipos de investigación orientados específicamente a aportar soluciones a los retos sociales de Andalucía conforme a la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 (RIS3 Andalucía) y al Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020),
2. Requisitos de los solicitantes.
Los proyectos serán realizados por personal investigador, constituidos en equipo de investigación, dirigidos por uno o dos investigadores/as principales que asumirán la responsabilidad de la dirección y ejecución del proyecto. En el caso de proyectos con dos investigadores/as principales, la solicitud será presentada por aquel/la que se identifique como interlocutor/a con el órgano gestor a efectos de comunicaciones y que en todo caso deberá tener vinculación laboral o funcionarial con esta Universidad.
Se establecen dos modalidades de investigadores principales: el/la investigador/a principal consolidado/a y el/la investigador/a principal emergente.
3. Requisitos de los equipos de investigación.
El personal investigador componente de los equipos de investigación deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del grado de doctor o estar en posesión de titulación superior universitaria.
b) Tener con esta Universidad una vinculación funcionarial o laboral que cubra al menos desde el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes hasta la fecha final del plazo de ejecución del proyecto.
c) Profesores eméritos, doctores ad honorem y académicos numerarios de esta Universidad.
d) Los miembros del equipo de investigación pertenecientes a otras universidades u organismos de investigación con los mismos requisitos de titulación y de vinculación exigidos en los apartados a) y b) deberán aportar autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan.
e) El personal investigador contratado con cargo al proyecto tendrán la consideración de miembro del equipo de investigación del proyecto.
4. Gestión de la convocatoria.
La convocatoria será efectuada por resolución del Rector de la Universidad de Málaga y se publicará en la siguiente dirección web: https://www.uma.es/servicio-de-investigacion/info/121927/ayudas-proyectos-idi-en-el-marco-del-programa-operativo-feder-convocatoria-2020/
5. Solicitudes y plazo de presentación.
La presentación de solicitudes y plazo de presentación serán indicados en la convocatoria.
6. Plazo de ejecución.
Los proyectos tendrán una duración de dos años. El plazo de ejecución de los proyectos se contará a partir de la fecha que se especifique en la resolución de concesión.
7. Justificación.
Los equipos de investigación ajustarán su ejecución y presentación para su certificación a los hitos necesarios de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de la Junta de Andalucía. La acreditación se ajustará, en cuanto a su forma y contenido, a la normativa que se establezca para la verificación y control de fondos europeos para el marco 2014-2020 y a lo dispuesto en la Resolución de 10 de enero de 2018, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se establece el marco común de este Programa.
8. Recursos.
Contra la resolución rectoral de convocatoria, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112.1, 123.1 y 124.1 de la LPACAP.
Málaga, 30 de enero de 2020.- El Rector, José Ángel Narváez Bueno.
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