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Mediante el Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, se aprobaron las bases reguladoras del Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (en adelante, Programa de ayuda) y el procedimiento de adhesión a dicho Programa de los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil, que no son de titularidad de la Junta de Andalucía. Dicho procedimiento de adhesión al Programa de ayuda aparece regulado en el Anexo II del citado Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo.
Mediante propuesta de esta Dirección General, de 4 de febrero de 2020, se publicó la relación provisional de los centros educativos exclusivos que se adhieren al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía» a partir del curso 2020/21.
Una vez analizadas las alegaciones presentadas y en virtud de lo establecido en la base sexta del Anexo II del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, y de las competencias que otorga al titular de la Dirección General de Planificación y Centros el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,
R E S U E L V E
Primero. Aprobar la relación definitiva de centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil, que no son de titularidad de la Junta de Andalucía, que se adhieren al Programa de ayuda a partir del curso 2020/21. Se adjunta como Anexo I de la presente resolución.
Segundo. Aprobar la relación definitiva de centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda que modifican el precio mensual del servicio de atención socioeducativa a partir del curso 2020/21. Se adjunta como Anexo II de la presente resolución.
Tercero. Aprobar la relación definitiva de centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda que modifican la oferta de unidades y puestos escolares a partir del curso 2020/21. Se adjunta como Anexo III de la presente resolución.
Cuarto. Aprobar la relación definitiva de centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil que causan baja del Programa de ayuda a partir del curso 2020/21. Se adjunta como Anexo IV de la presente resolución, donde se especifica el motivo de su baja.
Quinto. Aprobar la relación definitiva de centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil a los que se deniega su adhesión al Programa de ayuda por encontrarse ubicado en una zona declarada como saturada para el curso 2020/21. Se adjunta como Anexo V de la presente resolución.
Sexto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y a efectos informativos en la página web www.juntadeandalucia.es/educacion.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 19 de febrero de 2020.- El Director General, José María Ayerbe Toledano.
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