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Con fecha 27 de noviembre de 2019 la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana ha aprobado el siguiente acuerdo:
Mediante el Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico, se añade al referido Reglamento el artículo 326 bis. Valoración de daños al dominio público hidráulico en los supuestos en los que no se vea afectada la calidad del agua, en cuyo apartado 1.c se establece que «En lo que se refiere al coste unitario del agua, será el que se derive de los análisis económicos del uso del agua que deben elaborar los organismos de cuenca en virtud de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 41.5 del texto refundido de la Ley de Aguas, así como de los estudios sobre estos mismos aspectos que con posterioridad se incorporen a los correspondientes planes hidrológicos de demarcación».
Por otra parte el Anejo 10 del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE de 19 de enero de 2016), establece que los costes de los servicios del agua se corresponden a:
1. Costes financieros.
Los costes financieros anuales de la prestación de los servicios del agua alcanzan en la demarcación del Guadiana en el año 2010 la cuantía de 344 millones de euros. Esta cifra se corresponde según los diferentes usos a:
Coste financiero del uso urbano (CFu) | 177,40 M€ |
Coste financiero del uso agrario (CFa) | 163,52 M€ |
Coste financiero del uso industrial (CFi) | 3,34 M€ |
2. Costes ambientales.
Los costes ambientales anuales obtenidos a partir de los grupos de medidas del programa de medidas de la Demarcación del Guadiana ascienden a 126,97 millones de euros. Esta cifra se corresponde según los diferentes usos a:
Coste ambiental de uso urbano (CAu) | 66,09 M€ |
Coste ambiental del uso agrario (CAa) | 58,99 M€ |
Coste ambiental del uso industrial (CAi) | 1,90 M€ |
3. Demandas de los distintos usos.
El Anejo 4 del citado plan establece en relación a los usos y demandas lo siguiente:
Las demandas en la Demarcación del Guadiana en función de los distintos usos son:
Uso urbano (Vu) | 166,08 hm3/año |
Uso agrario (Va) | 1.915,77 hm3/año |
Uso industrial (Vi) | 48,60 hm3/año |
En base a los datos anteriormente expuestos, y dado que en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Organismo de Cuenca en su reunión de 29 de mayo de 2018 no se tuvieron en cuenta los precitados costes ambientales, la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, O.A., ha adoptado en la reunión de 27 de noviembre de 2019 el acuerdo de aprobar el coste unitario del agua a los efectos de la valoración de los daños al dominio público hidráulico por extracción ilegal del agua, en los siguientes términos:
Coste unitario para uso urbano:
CUu = | ||||
CUa = | ||||
CUi = | ||||
CFu + CAu=177,40 + 66,09=1,46€/m3Vu166,08Coste unitario para uso agrario:CFa + CAa=163,52 + 58,99=0,12€/m3Va1.915,77Coste unitario para uso industrial:CFi + CAi=3,34 + 1,9=0,11€/m3Vi48,6Badajoz, 17 de diciembre de 2019.- El Secretario General, Roberto Carballo Vinagre.
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