Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 08/02/2021

4. Administración de justicia

Tribunales de Instancia Mercantil

Edicto de 30 de septiembre de 2020, del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Primera, dimanante de autos núm. 360/2018.

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NIG: 4109142120180000503.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 360/2018. Negociado: 1N.

De: Instalaciones y Tratamientos, S.A.

Procuradora: Sra. Inmaculada Rodríguez-Nogueras Martín.

Contra: Energías Renovables Enerfizentia, S.L. y Georges Etienne Raymond Joseph Baud.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 360/2018, seguido en el Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección Primera) a instancia de Instalaciones y Tratamientos, S.A., contra Energías Renovables Enerfizentia, S.L., y Georges Etienne Raymond Joseph Baud, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 169/2020

En Sevilla, a 22 de septiembre de 2020.

El Ilmo. Sr. don Fco. Javier Carretero Espinosa de los Monteros, Magistrado de refuerzo del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 1.ª) , procede, en nombre de S.M. El Rey, a dictar la presente resolución:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por a entidad Instalaciones y Tratamientos, S.A., y condeno a la entidad Energías Renovables Enerfizentia, S.L., y a don Georges Etienne Raymond Joseph Baud a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 22.432,89 euros más los intereses.

Con imposición de costas a los demandados.

Notifíquese a las partes esta resolución, contra la que podrán interponer recurso de apelación con arreglo a lo prevenido en el artículo 458 de la LEC.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Magistrado de refuerzo que la suscribe en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Energias Renovables Enerfizentia, S.L., y Georges Etienne Raymond Joseph Baud, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a treinta de septiembre de dos mil veinte.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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