Extracto de la Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2024 de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción establecidos en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía, regulados en la Orden de 18 de octubre de 2016.
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BDNS (Identificación): 762503.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción regulados en la Orden de 18 de octubre de 2016.
Segundo. Financiación.
1. Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria serán por una cuantía total máxima de 30.000.000,00 de euros (treinta millones de euros) y con cargo a las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimativo:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/44207/00 S0574 | 440.079,00 | 440.079,00 | 880.158,00 |
1239180000 G/32L/46005/00 S0574 | 4.174.461,00 | 4.174.461,00 | 8.348.922,00 |
1239180000 G/32L/48007/00 S0574 | 10.385.460,00 | 10.385.460,00 | 20.770.920,00 |
TOTAL | 15.000.000,00 | 15.000.000,00 | 30.000.000,00 |
Estimación por provincias y autonómico:
- Almería:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/04 S0574 | 196.500,00 | 196.500,00 | 393.000,00 |
1239180000 G/32L/48007/04 S0574 | 637.500,00 | 637.500,00 | 1.275.000,00 |
TOTAL | 834.000,00 | 834.000,00 | 1.668.000,00 |
- Cádiz:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/44207/11 S0574 | 36.956,00 | 36.956,00 | 73.912,00 |
1239180000 G/32L/46005/11 S0574 | 990.892,00 | 990.892,00 | 1.981.784,00 |
1239180000 G/32L/48007/11 S0574 | 621.653,00 | 621.653,00 | 1.243.306,00 |
TOTAL | 1.649.501,00 | 1.649.501,00 | 3.299.002,00 |
- Córdoba:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/14 S0574 | 315.000,00 | 315.000,00 | 630.000,00 |
1239180000 G/32L/48007/14 S0574 | 310.500,00 | 310.500,00 | 621.000,00 |
TOTAL | 625.500,00 | 625.500,00 | 1.251.000,00 |
- Granada:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/18 S0574 | 567.131,00 | 567.131,00 | 1.134.262,00 |
1239180000 G/32L/48007/18 S0574 | 448.369,00 | 448.369,00 | 896.738,00 |
TOTAL | 1.015.500,00 | 1.015.500,00 | 2.031.000,00 |
- Huelva:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/21 S0574 | 200.000,00 | 200.000,00 | 400.000,00 |
1239180000 G/32L/48007/21 S0574 | 343.000,00 | 343.000,00 | 686.000,00 |
TOTAL | 543.000,00 | 543.000,00 | 1.086.000,00 |
- Jaén:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/23 S0574 | 313.500,00 | 313.500,00 | 627.000,00 |
1239180000 G/32L/48007/23 S0574 | 360.000,00 | 360.000,00 | 720.000,00 |
TOTAL | 673.500,00 | 673.500,00 | 1.347.000,00 |
- Málaga:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/29 S0574 | 866.000,00 | 866.000,00 | 1.732.000,00 |
1239180000 G/32L/48007/29 S0574 | 677.500,00 | 677.500,00 | 1.355.000,00 |
TOTAL | 1.543.500,00 | 1.543.500,00 | 3.087.000,00 |
- Sevilla:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/46005/41 S0574 | 725.438,00 | 725.438,00 | 1.450.876,00 |
1239180000 G/32L/48007/41 S0574 | 785.062,00 | 785.062,00 | 1.570.124,00 |
TOTAL | 1.510.500,00 | 1.510.500,00 | 3.021.000,00 |
- Autonómico:
Partidas Presupuestarias | Anualidad 2024 (en euros) | Anualidad 2025 (en euros) | Totales (en euros) |
---|---|---|---|
1239180000 G/32L/44207/00 S0574 | 403.123,00 | 403.123,00 | 806.246,00 |
1239180000 G/32L/48007/00 S0574 | 6.201.876,00 | 6.201.876,00 | 12.403.752,00 |
TOTAL | 6.604.999,00 | 6.604.999,00 | 13.209.998,00 |
2. Se establece la distribución de los créditos atendiendo a los ámbitos de concurrencia provincial y autonómica, de acuerdo a las siguientes cuantías:
ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETITIVIDAD PROVINCIAL | |
---|---|
ALMERÍA | 1.668.000,00 |
CÁDIZ | 3.299.002,00 |
CÓRDOBA | 1.251.000,00 |
GRANADA | 2.031.000,00 |
HUELVA | 1.086.000,00 |
JAÉN | 1.347.000,00 |
MÁLAGA | 3.087.000,00 |
SEVILLA | 3.021.000,00 |
ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETITIVIDAD AUTONÓMIC0 | |
---|---|
TOTAL | 13.209.998,00 |
Tercero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente resolución las entidades previstas en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 18 de octubre 2016 y que reúnan todos los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º del citado cuadro resumen.
2. Las entidades deberán mantener los requisitos que atribuyen la condición de beneficiaria a la fecha de presentación de solicitud, y hasta la finalización del periodo de ejecución del proyecto que se determine en la resolución de concesión.
Cuarto. Objeto de las subvenciones.
Será objeto de la subvención compensar económicamente la prestación del servicio de orientación profesional desarrollado por las entidades beneficiarias, y con ello su viabilidad, mediante la concesión de incentivos dirigidos a financiar las Unidades de Orientación Profesional que integran la «Red Andalucía Orienta», con el fin de promover la Inserción laboral de las personas demandantes de empleo inscritas como desempleadas en el Servicio Andaluz de Empleo a través de la Orientación, el asesoramiento especializado y personalizado acerca de su elección profesional, cualificación y necesidades u opciones formativas, búsqueda de empleo, creación de su propio empleo y posibilidades reales de inserción laboral y empleo.
Quinto. Cuantía y gastos subvencionables
La cuantía y gastos subvencionables se determinarán de conformidad con lo dispuesto en los apartados 5.a) y 5.c), respectivamente, del cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 18 de octubre 2016.
Los proyectos subvencionados tendrán una duración máxima de 12 meses, contados desde la fecha que se indique en la resolución de concesión. La prestación del servicio de orientación se iniciará en un plazo máximo de 45 días desde la fecha del inicio del proyecto y, una vez validada la ficha técnica de la unidad, según lo dispuesto en el artículo 8.1.c) de la Orden de 26 de septiembre de 2014, por la que se desarrollan los programas de orientación profesional, itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril.
Sexto. Régimen jurídico.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por la Orden de 18 de octubre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones concedidas en el marco de los de los Programas de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción dispuestos en el Decreto 85/2003 de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 204, de 24 de octubre de 2016).
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como, en el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, que regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Octavo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados con la convocatoria y en la web https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/
Sevilla, 21 de mayo de 2024.- La Directora Gerente, María Victoria Martín-Lomeña Guerrero.
Descargar PDFBOJA nº 100 de 24/05/2024