Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 20/09/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Energía y Minas

Resolución de 17 de septiembre de 2024, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se amplía el crédito máximo de la convocatoria de 28 de septiembre de 2021, de los incentivos ligados al autoconsumo acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

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Mediante Resolución de 28 de septiembre de 2021, se convocaron para el período 2021-2024 los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. Dicha convocatoria fue modificada mediante Resoluciones de fechas 24 de noviembre de 2021, 15 de noviembre de 2022, 29 de septiembre de 2023, 11 de octubre de 2023, 14 de noviembre de 2023, 17 de enero de 2024, 15 de marzo de 2024 y 28 de mayo de 2024 y 30 de julio de 2024.

El artículo 10.3 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, prevé que el presupuesto de cada uno de los programas de incentivos, pueda ser ampliado en su totalidad o por cada categoría, en su caso, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, tanto con fondos que provengan de los Presupuestos Generales del Estado, como de otros orígenes, siempre que hayan sido transferidos al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) e incorporados a su patrimonio propio. El citado precepto señala que, en este caso, la ampliación del presupuesto se realizará para aquellas comunidades y ciudades autónomas que lo soliciten, siempre que se cumplan los requisitos previstos en dicho precepto.

Por otro lado, el artículo 10.12 del Real Decreto 477/2021, de 20 de junio, y el apartado 2 del resuelve decimocuarto de la convocatoria, posibilitan, durante los dos meses siguientes a la finalización de la vigencia de la convocatoria, la incorporación de los remanentes correspondientes al presupuesto que no hubiera podido destinarse a la financiación de las inversiones directas que pudieran haber sido comunicadas al IDAE.

Mediante las Resoluciones de fecha 15 de noviembre de 2022, 14 de noviembre de 2023 y 28 de mayo de 2024, se amplió el crédito máximo de la convocatoria, quedando establecido en un importe total de 308.859.766 euros.

Con posterioridad, el presupuesto para los programas de incentivos previstos en la convocatoria se ha incrementado en un importe de 23.449.535 euros, una vez descontados los costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. La citada cantidad comprende la incorporación de remanentes correspondientes a inversiones directas y el incremento de crédito asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante Resolución de 27 de junio de 2024, de la Presidencia del IDAE, que fue aceptado expresamente por la Consejería de Industria, Energía y Minas en fecha 15 de julio de 2024. En fechas 6 y 10 de septiembre de 2024 se procedió a autorizar a la Agencia Andaluza de la Energía la correspondiente generación del crédito.

Teniendo en cuenta lo anterior, el crédito máximo de la convocatoria queda establecido en un importe total de 332.309.301 euros, una vez descontado el 5% de los costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

En su virtud, al amparo de las competencias atribuidas en el artículo 3.2.q) de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia Andaluza de la Energía y el artículo 5.1.q) del Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, en relación con el artículo 115.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero. Ampliar en 23.449.535 euros el crédito actual previsto en el resuelve decimocuarto de la Resolución de 28 de septiembre de 2021, quedando fijado el crédito máximo de la citada convocatoria en un importe total de 332.309.301 euros, con la siguiente distribución por tipos de actuación e importes máximos:

TIPO DE ACTUACIÓN PRESUPUESTO (€)
Programa 1:
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios con o sin almacenamiento Categoría autoconsumo renovable 28.435.062
Categoría almacenamiento 3.747.299
Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas (generación) Generación 23.034.344
Almacenamiento 881.908
Programa 2:
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento Categoría autoconsumo renovable 49.464.288
Categoría almacenamiento 3.788.587
Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas Generación 2.621.819
Almacenamiento 90.703
Programa 3
Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos Categoría almacenamiento 5.608.606
Programa 4
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento Categoría autoconsumo renovable 117.186.158
Categoría almacenamiento 13.595.012
Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas (generación) Generación 51.318.873
Almacenamiento 7.207.048
Programa 5
Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energías renovables, ya existente en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector Categoría almacenamiento 5.403.815
Autoconsumo renovable, almacenamiento detrás del contador y comunidades energéticas Almacenamiento 435.883
Programa 6
Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial Categoría autoconsumo renovable 19.489.897
TOTAL 332.309.301

La referida ampliación de crédito será aplicada a las solicitudes que ya figuren en la lista de reserva provisional, en base a lo dispuesto en el artículo 16.4 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, hasta el agotamiento de los fondos.

Segundo. La ampliación del crédito máximo inicial de la convocatoria producirá efecto desde el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de septiembre de 2024.- La Directora Gerente, Natalia Silvia Márquez García.

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