Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 17/10/2024

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se modifica la Orden de 10 de mayo de 2024, por la que se realiza segunda convocatoria para el año 2023, de ayudas a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, y su extracto.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00309193.

Mediante la Orden de 10 de mayo de 2024, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 96, de 20 de mayo de 2024, se realiza segunda convocatoria para el año 2023, de ayudas a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), ampliando el periodo al que circunscribir los días subvencionables por reducción del esfuerzo pesquero, al amparo de la gestión de las ayudas, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, en la cuantía total máxima de 1.570.000 € y con arreglo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación:

Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€)
Ayuda a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo. 1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6
1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6
Armadores FEMP: 500.000
Armadores FEMPA: 500.000
Tripulantes FEMP: 380.000
Tripulantes FEMPA: 190.000

Dado que el número de solicitudes presentadas en esta parada temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, ha superado con mucho las presentadas en las convocatorias anteriores, se hace necesario modificar los créditos convocados aumentándolos.

Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de la referida Orden de 10 de mayo de 2024 y de su extracto, y en virtud de la competencia que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,

RESUELVO

Primero. La modificación de la Orden de 10 de mayo de 2024, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se realiza segunda convocatoria para el año 2023, de ayudas a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

El apartado 1 del resuelvo primero, queda redactado de la siguiente manera:

1. Se realiza, en régimen de concurrencia no competitiva, segunda convocatoria de ayudas a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo, al amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), ampliando el crédito convocado hasta la cuantía total máxima de 2.092.622,00 € y con arreglo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación, no pudiendo superarse la citada cuantía:

Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€) Periodo de parada
Ayuda a la parada temporal por
reducción del esfuerzo pesquero
de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de
arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo.
1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6
1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6
Armadores FEMP: 500.000
Armadores FEMPA: 500.000 + 426.122,00
Tripulantes FEMP: 380.000
Tripulantes FEMPA: 190.000 + 96.500,00
01/01/2023 a 31/12/2023

Segundo. La modificación del Extracto de la Orden de 10 de mayo de 2024, por la que se realiza segunda convocatoria para el año 2023, de ayudas a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo, previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

El punto 1 del apartado primero, queda redactado de la siguiente manera:

1. Se realiza, en régimen de concurrencia no competitiva, segunda convocatoria de ayudas a la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo, al amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), ampliando el crédito convocado hasta la cuantía total máxima de 2.092.622,00 € y con arreglo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación, no pudiendo superarse la citada cuantía:

Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€) Periodo de parada
Ayuda a la parada temporal por
reducción del esfuerzo pesquero
de la flota con puerto base en
Andalucía de la modalidad de
arrastre de fondo que faena en el caladero Mediterráneo.
1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6
1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6
1400120000/G/71P/48300/00/G4130204A6
Armadores FEMP: 500.000
Armadores FEMPA: 500.000 + 426.122,00
Tripulantes FEMP: 380.000
Tripulantes FEMPA: 190.000 + 96.500,00
01/01/2023 a 31/12/2023

Tercero. Esta modificación no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas.

Cuarto. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de octubre de 2024

RAMÓN FERNÁNEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
Descargar PDF