Extracto de la Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del plan de choque para el fomento territorial del empleo y la inserción laboral en los municipios situados en la zona del Campo de Gibraltar y municipios limítrofes costeros de la provincia de Cádiz. Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar.
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BDNS (Identificación): 796346.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del plan de choque para el fomento territorial del empleo y la inserción laboral en los municipios situados en la zona del Campo de Gibraltar y municipios limítrofes costeros de la provincia de Cádiz. Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar.
Segundo. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la misma, en la Orden de 21 de octubre de 2024 (en adelante las bases reguladoras), así como por el resto de normativa que resulte de aplicación al momento en el que la convocatoria comience a producir sus efectos.
Tercero. Objeto y personas beneficiarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 1.2 de las bases reguladoras, las subvenciones están dirigidas a financiar las contrataciones de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas (en adelante DENOs) en los grupos de edad entre los 18 y 35 años, ambos inclusive, y de 45 años de edad o más, para el fomento del empleo, la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de personas desempleadas, mediante la adquisición de experiencia laboral vinculada a una ocupación, a través de una contratación, para la realización de proyectos puestos en marcha por ayuntamientos y entidades locales autónomas del Campo de Gibraltar y sus municipios limítrofes costeros de la provincia de Cádiz.
Cuarto. Entidades beneficiarias.
1. De acuerdo con el artículo 4.1 de las bases reguladoras, podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones previstas, los siguientes ayuntamientos y entidades locales autónomas pertenecientes al Campo de Gibraltar y sus municipios limítrofes costeros de la provincia de Cádiz:
a) Algeciras.
b) La Línea de la Concepción.
c) San Roque.
d) Barbate.
e) Los Barrios.
f) Tarifa.
g) Jimena de la Frontera.
h) Castellar de la Frontera.
i) San Martín del Tesorillo.
j) Facinas.
k) Tahivilla.
l) Zahara de los Atunes.
2. En todo caso, las entidades solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de las bases reguladoras, con las excepciones señaladas en el mismo.
Quinto. Financiación y disponibilidad presupuestaria.
1. La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de cuatro millones cuatrocientos noventa y cuatro mil euros (4.494.000,00 €), estando limitada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. Las subvenciones a conceder se financiarán con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024 destina a las actuaciones en materia de políticas activas de empleo en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, con cargo al programa 32K «Políticas Activas de Empleo», financiado con transferencias finalistas del Estado (Servicio 18), según se resume a continuación:
Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar (4.494.000 €).
PROGRAMA | PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2024 |
---|---|---|
Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar | 1200180000 G/32K/46003/11/S0714 | 2.247.000,00 € |
1200180000 G/32K/46003/11/S0574 | 2.247.000,00 € | |
TOTAL | 4.494.000,00 € |
Sexto. Cuantía de la subvención.
La cuantía de la subvención será de 10.500 euros por cada contrato laboral formalizado, con una duración de 6 meses, a jornada completa, en los grupos de cotización del 4 al 10, de los colectivos destinatarios de la línea de subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1 de las bases reguladoras.
Séptimo. Lugar de presentación de solicitudes.
1. La solicitud de subvención deberá ajustarse al Anexo I, publicado con la presente convocatoria, que recoge los extremos que se determinan en el artículo 13 de las bases reguladoras de la subvención.
2. Los ayuntamientos o las entidades locales autónomas, por medio de sus representantes, podrán presentar una única solicitud con un único proyecto, el cual podrá contener varias actuaciones.
3. En la solicitud se indicarán las actuaciones principales y las actuaciones complementarias adicionales al proyecto, en su caso.
Las solicitudes, y en su caso, la documentación anexa, así como los trámites siguientes, se presentarán, tal y como establece el artículo 14 de las bases reguladoras, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la cumplimentación del Anexo I de solicitud disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, apartado «Servicios y Trámites», de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, disponible en https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25610 e irán dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz.
Octavo. Plazo de presentación de las solicitudes.
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de diez días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria.
2. Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo serán inadmitidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de las bases reguladoras.
Noveno. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente extracto, así como en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo.html
Sevilla, 12 de noviembre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 21.10.2024, BOJA núm. 208, de 24.10.2024), la Directora General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, Aurora Lazo Barral.
Descargar PDFBOJA nº 224 de 18/11/2024