Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 25/11/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de instalación eléctrica. (PP. 9846/2024).

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Expediente: E-6370 y AAU/GR/049/22.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 18 de agosto de 2022, Distribuidora Eléctrica Bermejales S.L, C.I.F.: B-18.045.666 y domicilio a efectos de notificaciones en calle Santa Lucía s/n, C.P. 18194 Churriana de la Vega, Granada, solicitó la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto denominado «Proyecto Laat S/C LA-110 La Ermita-Barranco Oscuro, tt. mm. Albuñol, Albondón, Murtas y Cádiar (Granada) Obra: DB0121».

Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, proyecto de la instalación, y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 132, de 12.7.2023, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 131, de 13.7.2023, así como en los tablones de edictos de los Ayuntamientos afectados, y publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, para que en el plazo de treinta días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Tercero. Durante el período de información pública no se han presentado escritos de alegaciones.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados:

• Ayuntamientos de Albuñol, Albondón, Murtas y Cádiar,

• Servicio de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,

• Oficina de Ordenación del Territorio en Granada de la D.T. de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,

• Concesión Minera «FABIOLA» (P.I.30833) Natural Gypsum Spain S.L.U.,

• Servicio de Carreteras de la Diputación de Granada,

• Infraestructuras Viarias de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Viviendas y

• Servicio de Industria y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Minas en la D.T. en Granada.

Para que en un plazo de treinta días presten su conformidad u oposición a la autorización solicitada. Transcurrido dicho plazo sin que las distintas Administraciones u organismos hayan contestado, se entenderá la conformidad de los mismos con la autorización de la instalación.

Quinto. Se han recibido los informes de los siguientes organismos: Servicio de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Delegación Territorial en Granada y Servicio de Carreteras Conservación y Explotación de la Delegación de Obras Públicas y Vivienda de la Diputación de Granada, haciéndose constar en el expediente la conformidad del promotor ante los condicionados expresados por los citados organismos.

Sexto. El 20 de noviembre de 2023, la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada emitió Informe de Incidencia en la Ordenación del Territorio, relativo a la instalación que nos ocupa, tal y como se establece en el art. 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), y los art. 71 y 72 del Decreto 550/22, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (RG-LISTA), de marzo de 2023. En dicho informe se concluye que la actuación es coherente con las determinaciones territoriales de aplicación y no genera incidencia territorial negativa, siempre que se implementen las medidas correctoras en todo el ciclo de vida de la instalación para paliar, todo lo posible, la incidencia que la implantación de las instalaciones tendría sobre el paisaje.

Septimo. El 18 de septiembre de 2024 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante, de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, de fecha 11 de septiembre de 2024, con núm. expediente AAU/GR/49/22, por el que se otorga autorización ambiental unificada a Distribuidora Eléctrica Bermejales S.L, para las actuaciones contempladas en el Proyecto «Línea Aérea de Alta Tensión 20 kV S/C LA-110, SITO en la Ermita-Barranco Oscuro, en los tt.mm. de Albuñol, Albondón, Murtas y Cádiar (Granada)», y se emite evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho Informe.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulada en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el articulo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que se cita. La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.L., con CIF núm. B- 18.045.666 y domicilio social en la calle Santa Lucía 1-K, Churriana de la Vega, Granada - C.P. 18194.

Objeto de la petición: Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de la instalación denominada «Proyecto Laat S/C LA-110 La Ermita- Barranco Oscuro, tt.mm. Albuñol, Albondón, Murtas y Cádiar (Granada) Obra: DB0121».

Características: Nueva línea de aérea de 20 kV simple circuito con conductor LA-110 (116,20 20 mm²) Tipo de montaje Tresbolillo longitud actuación = 9787,60 m, con una cota inicio de 713,91 y una cota final de 1.291,45 correspondiente a dos zonas B y C mediante 39 apoyos y con cadenas de amarre en todos los apoyos.

Ubicación: La línea aérea objeto de nueva construcción tiene su inicio en Apoyo de t.m. de Albuñol, La Ermita – fin en Apoyo tt.mm. de Cádiar, Barranco Oscuro. La Línea está en cuatro términos municipales que son Albuñol, Albondón, Murtas y Cádiar, con las siguientes coordenadas UTM USO 30 ETRS 89:

- Inicio Coordenadas UTM USO 30 (X: 484.517,81 Y: 4.072.750,39) cota 713,91 m

- Final Coordenadas UTM USO 30 (X: 483.121,80 Y: 4.082.102,21) cota 1291,45 m.

Características de la L.A.M.T.:

Tipo de instalación: Nueva línea aérea alta tensión 20 kV.

Longitud: 9.787 Km Tipo de conductor: LA-110 (116,20 mm²).

Tipo de montaje: Simple circuito.

Tensión máxima de servicio: 20 kV

Presupuesto: 214.463,35 €.

Finalidad: Unir la Línea denominada La Ermita con Barranco Oscuro, y cerrar en anillo la red existente para de esa forma garantizar y mejorar el suministro eléctrico en la zona.

Segundo. La autorización administrativa de construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los organismos afectados.

2. Se establece un plazo previsto de ejecución de la obra de 18 meses a contar desde el siguiente día de la notificación de esta resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (autorización ambiental unificada núm. expte: AAU/GR/049/22) de fecha 11.9.2024, quedan incorporadas a esta resolución por la que se otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción al proyecto de ejecución del «Proyecto Laat S/C LA-110 La Ermita-Barranco Oscuro tt. mm. Albuñol, Albondón, Murtas y Cádiar (Granada) Obra: DB0121». El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el siguiente enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.

Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Granada, 8 de octubre de 2024.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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