Extracto de 30 de abril de 2024, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio 2024.
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BDNS: 758184.
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a entidades locales de Andalucía, para la financiación de actuaciones para el mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la cuantía máxima de 891.543 € que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican.
Segundo. Beneficiarios.
Municipios, Provincias, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Autónomas, a través de sus órganos competentes.
Tercero. Objeto.
Financiar actuaciones para el mantenimiento y funcionamiento habitual de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 27 de mayo de 2022, mediante la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 106, de 6 de junio).
Quinto. Importe y distribución de créditos.
Las subvenciones para la presente convocatoria se concederán con cargo a las partidas presupuestarias del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2024 que a continuación se consignan y la cuantía máxima de 891.543 €, distribuida entre los distintos créditos presupuestarios especificados en la misma, tienen carácter estimativo.
La alteración cualitativa de la clasificación económica para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaleza jurídica de las posibles entidades beneficiarias precisará de las modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria de la resolución de la concesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial (BOJA núm. 70, de 12 de abril).
La distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo en cuenta, de manera ponderada, el tamaño poblacional, la extensión provincial, el número de servicios locales en materia de consumo existentes, así como el número de municipios en cada provincia, conforme se dispone en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la orden de bases reguladoras anteriormente referida, es la siguiente:
Provincia | Entidad Local | Importe | Aplicación presupuestaria |
---|---|---|---|
ALMERÍA | Ayuntamientos | 75.327,51 | 1300020000/G/44H/46600/04 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/04 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/04 01 | |
CÁDIZ | Ayuntamientos | 83.074,51 | 1300020000/G/44H/46600/11 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/11 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/11 01 | |
CÓRDOBA | Ayuntamientos | 99.018,60 | 1300020000/G/44H/46600/14 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/14 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/14 01 | |
GRANADA | Ayuntamientos | 130.935,64 | 1300020000/G/44H/46600/18 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/18 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/18 01 | |
HUELVA | Ayuntamientos | 77.821,20 | 1300020000/G/44H/46600/21 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/21 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/21 01 | |
JAÉN | Ayuntamientos | 93.702,12 | 1300020000/G/44H/46600/23 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/23 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/23 01 | |
MÁLAGA | Ayuntamientos | 109.370,04 | 1300020000/G/44H/46600/29 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/29 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/29 01 | |
SEVILLA | Ayuntamientos | 142.293,38 | 1300020000/G/44H/46600/41 01 |
Mancomunidades | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46700/41 01 | |
Diputaciones | 5.000,00 | 1300020000/G/44H/46800/41 01 |
El porcentaje máximo de la subvención será el 90% si el proyecto presentado es superior a 6.050 euros. Si el proyecto es igual o inferior a 6.050 euros, la cuantía de la subvención podrá ser del 100% del proyecto.
Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Tanto a la solicitud como al resto de anexos se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml
o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla. La Directora General de Consumo, Milagros Borbón Cruz.
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