Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 23/07/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 16 de julio de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, relativa a la suplencia temporal del Secretario General de este Instituto, por vacante, hasta el nombramiento del nuevo titular de la Secretaría General.

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El artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que «en la forma que disponga cada Administración Pública, los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos que haya sido declarada su abstención o recusación». Por su parte el artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que «los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quién designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos. En los supuestos previstos en el apartado anterior, si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quién designe el órgano administrativo inmediato de quién dependa».

Visto el Estatuto del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, aprobado mediante Decreto 372/2009, de 17 de noviembre, por el que se regula la organización y funcionamiento del Sistema Estadístico de Andalucía, procede establecer el régimen de suplencia adecuado, por vacante, de la Secretaría General de este Instituto.

De acuerdo con lo anteriormente expresado,

DISPONGO

Primero. Designar suplente del Secretario General al Subdirector de Coordinación y Planificación del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía a partir del 16 de agosto de 2025 y hasta que sea nombrada la nueva persona titular de la Secretaría General de este Instituto.

Segundo. Siempre que se ejerzan competencias con base a la suplencia establecida en esta resolución, deberá hacerse constar así en los actos o resoluciones administrativas correspondientes.

Tercero. La presente suplencia no implicará alteración alguna de las competencias atribuidas al Secretario General.

Sevilla, 16 de julio de 2025.- El Director, Manuel Ignacio Castaño Sousa.

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