Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 10/10/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 22 de julio de 2025, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Fundación Albor Jaén II» de Jaén. (PP. 1669/2025).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00324650.

Visto el expediente tramitado a instancia de don Luis Martínez Otiñar, como representante de Fundación Albor, entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Fundación Albor Jaén II», con domicilio en Ctra. de Madrid, km 21, de Jaén, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y ampliación en un ciclo formativo de formación profesional grado superior de Integración Social, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Primero: Resultando que el citado centro, con código 23009377, tiene autorización para impartir cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado medio (dos de Emergencias Sanitarias y dos de Cuidados Auxiliares de Enfermería) y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y uno de Documentación y Administración Sanitarias).

Segundo: Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén, y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Integración Social y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de formación profesional «Fundación Albor Jaén II», con código 23009377 y domicilio en Ctra. de Madrid, km 21, de Jaén, cuyo titular es Fundación Albor, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio (impartidos en doble turno):

Emergencias Sanitarias:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 80.

Cuidados Auxiliares de Enfermería:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Integración Social (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Documentación y Administración Sanitarias (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso escolar 2025/26.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo contencioso-administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de julio de 2025

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
Descargar PDF