Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 03/07/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 25 de junio de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se modifican parcialmente las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia de los municipios de Andalucía.

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La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, se refiere en la disposición transitoria sexta a la implantación de las Oficinas de Justicia en los municipios, estableciendo lo siguiente:

«1. En la fecha de constitución prevista para cada Tribunal de Instancia, los Juzgados de Paz se transformarán en Oficinas de Justicia en los municipios.

2. Todo el personal que se encuentre prestando servicios en los referidos juzgados, se integrará en la relación de puestos de trabajo de la respectiva Oficina de Justicia en el municipio. Que deberá ser aprobada, previa negociación sindical, en el plazo máximo de tres meses contados desde la entrada en vigor de esta ley orgánica.»

La Comunidad Autónoma ha aprobado la relaciones de puestos de trabajo de todas las Oficinas de Justicia de los municipios de su territorio en las fechas indicadas en la precitada ley orgánica.

Las relaciones de puestos de trabajo son un instrumento técnico de ordenación del personal, flexible y capaz de adaptarse a las nuevas necesidades que surjan del funcionamiento de la nueva organización. En este sentido se hace necesario adecuar las retribuciones complementarias de los puestos de Secretarías de las Oficinas de Justicia de los municipios y de Gestores de las Oficinas de Justicia de los municipios que no cuenten con puesto de Secretaría al conjunto de retribuciones complementarias anteriores a la implantación de estas oficinas, lo que supondrá el incremento del complemento específico en la cantidad que se venía percibiendo en concepto de especial responsabilidad y dificultad.

En el anexo se recoge la modificación de las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia de los municipios.

En su virtud, de conformidad con el artículo 523 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas, y emitidos informes favorables de las Consejerías con competencia en materia de administración pública y en materia de hacienda,

RESUELVO

Primero. Modificar parcialmente las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia de los municipios.

Se modifican las relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas de Justicia del municipio en los términos previstos en el anexo.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de junio de 2026.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.

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