Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social

Resolución de 23 de diciembre de 2025, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se modifica la Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se aprueban modelos o formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria, para facilitar a las personas obligadas la aportación de los datos e informaciones requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento, y por la que se establece la posibilidad de la presentación telemática de los mismos.

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De acuerdo con la disposición final primera del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, y en relación con el ejercicio de las funciones y competencias de la Agencia, corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda, entre otras, la de aprobar los modelos de declaración, autoliquidación y comunicación de datos; de solicitud de devolución; así como los modelos de actas de inspección.

Así mismo, según el apartado h) de la citada disposición, le corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda aprobar cualquier otro modelo normalizado de solicitud u otro medio previsto en la normativa tributaria para facilitar a las personas obligadas la aportación de datos e informaciones requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento.

A través del artículo 41 de la Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales, se delega en la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, la competencia atribuida en el párrafo h) de la disposición final primera del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, para la aprobación de modelos o formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria, para facilitar a las personas obligadas la aportación de los datos e información requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento.

Con fecha 11 de diciembre de 2018, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 238, la Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se aprueban modelos o formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria, para facilitar a las personas obligadas la aportación de los datos e informaciones requeridos o para simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento, y por la que se establece la posibilidad de la presentación telemática de los mismos.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado cuarto de la resolución de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía de 4 de diciembre de 2018, se aprueba el modelo 659 «Solicitud prórroga sucesiones», que figura como Anexo 4 de esta resolución.

En este sentido, el artículo 68.2 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, relativo a la prórroga de los plazos de presentación del impuesto establece que la solicitud de prórroga se presentará por los herederos, albaceas o administradores del caudal relicto dentro de los cinco primeros meses del plazo de presentación, acompañada de certificación del acta de defunción del causante, y haciendo constar en ella el nombre y domicilio de los herederos declarados o presuntos y su grado de parentesco con el causante cuando fueren conocidos, la situación y el valor aproximado de los bienes y derechos y los motivos en que se fundamenta la solicitud.

De acuerdo con lo anterior, se considera necesario adaptar el modelo 659 «Solicitud de prórroga» aprobado por la citada Resolución de 4 de diciembre de 2018, a los requisitos exigidos por el apartado 2 del artículo 68 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en relación con la situación y valoración aproximado de los bienes y derechos que integran el caudal relicto y los motivos en los que se fundamenta la solicitud, atendiendo a razones de eficacia, seguridad jurídica y simplificación administrativa.

Al objeto de asegurar una mayor correspondencia con la literalidad del artículo 68 del, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y en consecuencia, dotar al modelo de información más fiel a la disponible en el momento de su presentación, se hace necesario modificar el modelo normalizado para solicitar la prórroga de los plazos de presentación del impuesto.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 41 de la Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales, la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía,

Resuelve

Primero. Modificar el Anexo 4 de la Resolución de 4 de diciembre de 2018, en relación con el punto 3 del apartado C) contenido de la solicitud en relación con la situación y valoración aproximado de los bienes y derechos que integran el caudal relicto y los motivos en los que se fundamenta la solicitud, atendiendo a la regulación contenida en el artículo 68.2 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Segundo. Aprobar el formulario que figura como Anexo 1 de esta resolución.

Tercero. El formulario aprobado mediante la presente resolución estará disponible en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía y podrá ser utilizado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de diciembre de 2025.- El Director, José Francisco Parra Soler.

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