Apertura de datos desde el diseño
La nueva normativa de la Junta de Andalucía favorecerá la telematización de los procedimientos administrativos y la publicación por defecto de sus datos en abierto
Las nuevas medidas exigidas por Europa de simplificación administrativa de las instituciones públicas están permitiendo la implantación de procedimientos que exigen la apertura de la gestión de todos los datos de los trámites que se realizan en la Junta de Andalucía. El último gran avance establece la obligatoriedad de incorporar el principio de “apertura de datos desde el diseño y por defecto” en la telematización de todos los procedimientos administrativos de la institución andaluza. Es decir, por defecto, todos los datos deberán estar abiertos y, si se mantienen cerrados, deberá ser por una causa específica y justificable, como por ejemplo, para salvaguardar la privacidad, la seguridad o por razones de protección de datos. Esto redundará en las tareas de publicidad activa y facilitará la puesta a disposición de la ciudadanía de todos los conjuntos de datos que se produzcan en la Administración pública andaluza.
Nueva normativa
Antes de abordar la nueva normativa publicada en Andalucía, es importante recordar el significado del concepto de datos abiertos que se recoge en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre y que sirve de apoyo a esta regulación: “los datos abiertos son aquellos que cualquiera es libre de utilizar, reutilizar y redistribuir, con el único límite, en su caso, del requisito de atribución de su fuente o reconocimiento de su autoría”.
Sobre la reutilización de la información del sector público ya se recoge en esta Ley la incorporación de la nueva directiva europea 2019/1024 por el Real Decreto-Ley 24/2021 que, en su Artículo 5 sobre 'Formatos disponibles para la reutilización', destaca: “La elaboración y la puesta a disposición de los documentos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley se efectuará, en la medida de lo posible, conforme al principio de documentos abiertos desde el diseño y por defecto".
Desde el pasado mes de febrero, el principio de “apertura de datos desde el diseño” está recogido en Andalucía en dos nuevos decretos publicados en BOJA:
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero: la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (conocido como MAIN) se ha modificado para adoptar medidas de simplificación y racionalización administrativa e impulsar la actividad económica en Andalucía. Dentro de la citada memoria se incluye un apartado sobre medios electrónicos que establece lo siguiente: “En el supuesto de que el proyecto regule un procedimiento administrativo, la Agencia Digital de Andalucía elaborará un modelo tipo a partir del protocolo de telematización de los procedimientos y herramientas informáticas de asistencia y ayuda que se elaborará por parte de todos los centros directivos competentes. Dicho modelo contendrá previsiones en materia de gestión electrónica del procedimiento y de cumplimiento de los requisitos relacionados con medios electrónicos derivados de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de este Decreto, y demás normativa de aplicación, así como, en su caso, la publicación automatizada de información en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en el catálogo de datos abiertos”.
- Decreto 622/2019, de 27 de diciembre: en su Artículo 7 incluye en la MAIN que “la aplicación de las tecnologías de la información a la Administración estará orientada a mejorar su eficacia, aproximarla a la ciudadanía y agilizar la gestión administrativa, estableciendo los principios y reglas básicos aplicables a la implantación y régimen jurídico de la administración electrónica”.
Principio de apertura
Concretamente, el Principio de apertura desde el diseño y por defecto está reflejado en la 'Guía de medición de la Carta de Datos Abiertos' con diferentes compromisos basados en el siguiente desarrollo:
- "La organización debe contemplar las medidas organizativas y técnicas que permitan la apertura de los datos de un sistema de información desde las fases iniciales de diseño del procedimiento, producto o servicio que gestionará dichos datos".
Este Principio representa un verdadero cambio en el funcionamiento de la Administración y su interacción con la ciudadanía. Si hasta ahora para acceder a una información específica había que solicitarla expresamente a la Administración, a partir de ahora, gracias al principio de apertura por defecto, se le da la vuelta a esta situación y se establece la presunción de publicación de todos los datos públicos. Las administraciones tienen que justificar los datos que se mantengan cerrados y solo en determinados supuestos, como es el caso de la privacidad, la seguridad o por razones de protección de datos, se podrán blindar. Además de estas políticas, este principio detalla una cultura de apertura dentro de las organizaciones.
Más información
- Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía
- Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía
- Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público
- Guía de medición de la Carta de Datos Abiertos: Principio 1. Abierto de forma predeterminada