Impulso de la creación de textos teatrales por parte de jóvenes de Andalucía
La Consejería de Cultura y Deporte, en el ejercicio de sus políticas de fomento y promoción en los diversos ámbitos de la cultura andaluza, es consciente de la necesidad de incentivar la creación de textos teatrales por parte de las personas jóvenes de Andalucía, considerando que la escritura dramática favorece el tejido profesional de las artes escénicas, tanto en su vertiente interpretativa como en la relativa a la producción de espectáculos, y contribuye al acceso de la ciudadanía a los bienes culturales.
Y en este contexto, concede el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía, cuya finalidad es promover la escritura dramática a las nuevas generaciones de andaluces y andaluzas, contribuyendo a impulsar, renovar y difundir la dramaturgia actual.
El premio lleva el nombre del destacado autor teatral malagueño, de dilatada y brillante trayectoria profesional, que tuvo especial sensibilidad con los nuevos lenguajes contemporáneos.
Resumen de las bases
Premio
En cada convocatoria, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en adelante la Agencia, concederá, un único premio de 5.000 euros. Si el Jurado lo considerase oportuno podrá conceder hasta dos accésits con una dotación económica de 1.500 euros cada uno. Asimismo, la Agencia ofrecerá a la persona beneficiaria del premio y a quienes obtengan los accésits, en su caso, un curso de escritura dramática, impartido por personas expertas en la materia en el marco de los programas desarrollados por la Agencia.
La obra premiada y los accésits, en caso de haberlos, serán publicados por el Centro de Investigación y Recursos de las Artes Escénicas de Andalucía.
La obtención del premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía no será compatible con otros de naturaleza análoga concedidos por cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales obtenidos con antelación al fallo del mismo.
Requisitos de los textos presentados
Cada solicitante sólo podrá presentar un texto que debe reunir los siguientes requisitos:
a) Ser original e inédito de carácter literario teatral. No se considerarán originales o inéditos los que sean fruto de la copia, adaptación o traducción de una obra preexistente, así como aquellos que hayan sido divulgados, ya representados públicamente o publicados con antelación a la emisión del fallo del Jurado del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
b) Ser de extensión libre y escrito en castellano con el formato de letra Times New Roman 12, interlineado 1,5 y márgenes de 2,5 cm.
c) Versar sobre tema libre que no resulte contrario a lo dispuesto en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
d) Estar inscrito en el Registro General de la Propiedad Intelectual en el momento de la presentación de la solicitud.
Requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria
1. Podrán obtener la condición de beneficiarias de este premio y de los accésits y menciones especiales, en su caso, aquellas personas físicas que tengan una edad comprendida entre los 18 y los 30 años a día 31 de diciembre del año en el que se publique la convocatoria, que acrediten su residencia ininterrumpida en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante al menos los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y que figuren como autores o autoras del texto presentado en el Registro General de la Propiedad Intelectual en el momento de presentación de la solicitud.
En todo caso, no deberán hallarse incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre ni tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho público de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía.
2. Se admitirán obras creadas en colaboración.
3. Con carácter general no podrán presentarse las personas ganadoras de las anteriores ediciones de este premio.
Más información
Orden de 7 de abril de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía.
Orden de 7 de abril de 2022 en PDF (263 KB)
Publicación en el BOJA nº 71 de 13/04/2022