Andalucía LEADER 2023-2027
Antecedentes
- Plan Estratégico de la PAC de España. V1.2. Aprobado el 31/08/2022.
- Reglamento de Disposiciones Comunes. Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 (artículos 31 a 34).
Evolución Normativa
Proyecto de Orden por la que se regula y se convoca el procedimiento para la selección de los Grupos de Desarrollo Rural (GDR) Candidatos y la concesión de la ayuda preparatoria para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader (EDLL), la selección de las mismas y el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía en el marco 2023-2027.
- Consulta Pública Previa: 08/07/2022, del 11/07/2022 al 29/07/2022
- Normativa en elaboración: 02-06-2023
- Trámite de audiencia e información pública: 15/06/2023
Nota informativa
Requisitos que deben reunir las entidades solicitantes: 07/03/2023.
Con fecha 31 de agosto de 2022 la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC de España, que incluye las intervenciones o medidas que se aplicarán en 2023-2027 y, entre ellas, las relacionadas con el Desarrollo Local Participativo LEADER.
El Desarrollo Local Participativo debe estar gobernado por Grupos de Acción Local, denominados en Andalucía Grupos de Desarrollo Rural, y llevarse a cabo a través de Estrategias de Desarrollo Local basadas en zonas rurales, elaboradas por asociaciones que determinarán las necesidades y potencialidades locales a través de mecanismos participativos.
En este contexto resulta necesario convocar los procedimientos que permitan la selección de los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos y los Grupos de Desarrollo Rural para el período 2023-2027 que implementarán las Estrategias de Desarrollo Local que se seleccionen, garantizando el apoyo preparatorio que permite financiar los costos de gestión y animación de las asociaciones que se seleccionen para preparar las nuevas estrategias que deberán diseñarse aprovechando los puntos fuertes sociales, ambientales y económicos de la comunidad.
Para seguir operando como Grupo de Desarrollo Rural en 2023-2027, las asociaciones actualmente reconocidas como tal deberán concurrir a un procedimiento de selección al que podrán presentarse también otras entidades constituidas legalmente como asociaciones sin ánimo de lucro, que deberán tener entre sus fines estatutarios el desarrollo local y rural de su ámbito territorial, que se corresponderá con una o dos Zonas Rurales Leader limítrofes y de la misma provincia del período 2014-2022.
El proyecto normativo en fase de elaboración resulta innovador en dos aspectos esenciales: en primer lugar, porque impulsa la fusión de Zonas Rurales Leader que permitirá una mayor agilidad de la gestión así como una asignación más equilibrada y proporcional de fondos para las entidades seleccionadas; y en segundo lugar, porque permite la participación de asociaciones que actualmente no son Grupos de Desarrollo Rural. Así las cosas, respecto a los requisitos que deben reunir las entidades solicitantes cabe destacar lo siguiente:
- Las asociaciones actualmente reconocidas como Grupos de Desarrollo Rural deberán concurrir a un procedimiento de selección al que se podrán presentar otras entidades constituidas legalmente como asociaciones sin ánimo de lucro, que deberán tener entre sus fines estatutarios el desarrollo local y rural de su ámbito territorial y de actuación (en el que tendrán el domicilio social), que se corresponderá con una o dos de las actuales Zonas Rurales Leader limítrofes y de la misma provincia.
- La Asamblea General de las asociaciones que participen en el procedimiento de selección de Grupos de Desarrollo Rural Candidatos para la preparación y elaboración de una Estrategia de Desarrollo Local deberá estar compuesta por representantes de los intereses socioeconómicos locales públicos y privados de su ámbito territorial, en los que ningún grupo de interés único controle la toma de decisiones, de conformidad con el artículo 31.2.b) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021. También deben promoverse una composición paritaria entre mujeres y hombres.
- Entre los socios de las asociaciones que concurran al citado procedimiento, deberán figurar como mínimo un 30% de los ayuntamientos de los municipios del territorio o territorios afectados de cada una de las Zonas Rurales Leader solicitadas.
- Con el fin de garantizar la debida implementación de las Estrategias de Desarrollo Local en el caso de resultar seleccionados, que las asociaciones tengan contratado o garantizar la contratación de una persona gerente y de un equipo técnico con formación cualificada y experiencia, de conformidad con un sistema objetivo de contratación.
- En los estatutos de las asociaciones se deberá incluir los derechos y los deberes de los socios, así como en sus reglamentos internos los procedimientos de aprobación de decisiones. De igual forma, las asociaciones deberán tener un plan o protocolo a fin de evitar conflictos de intereses en las tomas de decisiones y actuaciones que adopte el personal de la asociación.
- Las entidades solicitantes que necesiten adaptar sus Estatutos para poder cumplir con lo indicado anteriormente tendrían que presentar también el acuerdo de modificación estatutaria y la solicitud de inscripción en el Registro correspondiente. Y ya en el supuesto de que la fuese seleccionada como Grupo de Desarrollo Rural Candidato, tendría que presentar ante la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria el correspondiente certificado de inscripción de adaptación de los Estatutos con la solicitud de pago de la ayuda preparatoria a los efectos de poder mantener todos los derechos en esa fase.
- En ningún caso podrán ser beneficiarios de la ayuda prevista en el artículo 34.1.a) del Reglamento (UE) 2021/1060 de 24 de junio de 2021, aquellas entidades en las que concurra alguno de los supuestos de prohibición contemplados en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Tampoco podrán obtener la condición de entidad beneficiaria quienes tengan deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía, salvo que se trate de deudas aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida (artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía). La acreditación de esa circunstancia constituye una obligación de la entidad beneficiaria que deberá cumplir con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, en la forma que se determine por la Consejería competente en materia de Hacienda.
- Por otra parte, no podrán ser beneficiarios de la ayuda preparatoria aquellas entidades sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente (artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre).
- Cuando proceda, conforme a ordenamiento jurídico, estricto respeto a sus garantías y de acuerdo con lo previsto en la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, no podrán ser beneficiarias aquellas entidades sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria Democrática de Andalucía.
- Finalmente, es muy importante saber que las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía para la realización de cualquier trámite relativo a los procedimientos que se regulen en la Orden que se publique.
Todo ello teniendo en consideración el estado de provisionalidad del proyecto normativo, todavía pendiente de informes y aportaciones antes de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Requisitos de las Estrategia de Desarrollo Local Leader (*) 2023-2027 en Andalucía.
(*) Estrategias de Desarrollo Local Leader.
Información dirigida a todas las asociaciones interesadas en el procedimiento: 02/06/2023.
Las Estrategias de Desarrollo Local Leader deberán diseñarse considerando los elementos previstos en el artículo 32, apartado 1 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Diseñarse para ser implementadas en una o en dos Zonas Rurales Leader de las contempladas en el Anexo IX de la presente Orden. Cuando la Estrategia sea diseñada para dos Zonas, dicha Estrategia deberá elaborarse de forma que ambas Zonas queden integradas en una sola para su posterior implementación.
- Elaborarse a través de procesos participativos y de gobernanza que integren a los/as representantes de la población de la Zona o Zonas Rurales Leader para las que se diseñe la Estrategia.
- Contribuir a la consecución del objetivo específico 8 de la Política Agrícola Común, promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible, que se establece en el artículo 6, apartado 1, letra h) del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021. Adicionalmente, las Estrategias podrán contribuir al resto de objetivos específicos y al objetivo transversal de la Política Agrícola Común que se establecen en el artículo 6, apartados 1 y 2 del Reglamento citado.
- Contribuir a paliar una o más de las necesidades reflejadas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el ámbito del objetivo específico 8 de la Política Agrícola Común. Cuando una Estrategia contribuya a algún objetivo específico de la Política Agrícola Común diferente del objetivo 8, deberá contribuir a paliar una o más de las necesidades establecidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para dicho objetivo.
- Integrar en su diseño los objetivos transversales de la política de desarrollo rural Leader de la Junta de Andalucía: igualdad de género, juventud rural, lucha contra el cambio climático e innovación.
- Ajustarse a la estructura y contenidos mínimos contemplados en el Anexo X y en el Manual para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader de Andalucía 2023-2027, aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.
- Ser complementarias y coherentes con los diferentes planes y programas de la Junta de Andalucía que se estén implementando en la Zona o Zonas Rurales Leader de que se trate.
- Ser aprobadas, con carácter previo a su presentación, por parte de la Asamblea General de la asociación seleccionada como Grupo de Desarrollo Rural Candidato en los términos establecidos en el artículo 27.1 de esta Orden.
Manual para la elaboración de las Estrategia de Desarrollo Local Leader 2023-2027 en Andalucía.
Diligencia de publicación de la Resolución (09-04-2024).
Manual para la elaboración de las EDLL 2023-2027 aprobado, versión 2.
Resolución con manual, versión 2, adjunto.
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Diligencia de publicación de la Resolución.
Manual para la elaboración de las EDLL 2023-2027 aprobado.
Resolución con manual adjunto.
Otros documentos:
- Estructura y contenidos mínimos de las EDLL.
- Plantillas (odt editable).
- Zonas Rurales Leader de Andalucía (véase corrección de errores).
Llegado el momento, se propondrá un documento de ayuda para la elaboración de criterios de selección de operaciones por parte de los GDR que resulten candidatos, dirigidas a los promotores rurales.
Proyecto Orden selección GDR candidatos, ayuda preparatoria y Estrategia de Desarrollo Local Leader 2023-2027.
Normativa en elaboración: 02-06-2023
Con carácter previo al trámite de audiencia e información pública, se encuentra ya disponible, en el sitio de normativa en elaboración, el Proyecto de Orden por la que se regula y se convoca el procedimiento para la selección de los Grupos de Desarrollo Rural Candidatos y la concesión de la ayuda preparatoria para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Leader en concurrencia competitiva, la selección de las mismas y el reconocimiento de los Grupos de Desarrollo Rural en el marco 2023-2027:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/417835.html
Trámite de audiencia e información pública.
Fecha de publicación: 15-06-2023.
Plazo de presentación de alegaciones: del 16-06-2023 al 26-06-2023
Documentación disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/417958.html
Orden selección GDR candidatos, ayuda preparatoria y Estrategia de Desarrollo Local Leader 2023-2027.
Fecha de publicación: 21-11-2023
Plazo de presentación de solicitudes: del 22-11-2023 al 21-12-2023
Fecha de publicación: 29-12-2023