Almacenamiento privado de mantequilla, leche desnatada en polvo y queso [mayo 2020]

Debido a las amplias restricciones de movimiento establecidas para hacer frente a la pandemia actual del COVID-19, las ventas de determinados productos lácteos se han visto gravemente afectadas, lo que ha provocado un desequilibrio entre la oferta y la demanda.

Como consecuencia de ello, la transformación de entradas de leche cruda se está desviando en parte hacia productos a granel de largo periodo de conservación y almacenables, que requieren menos mano de obra como leche desnatada en polvo y mantequilla.

En el caso de las instalaciones de produccion de queso de la UE, al no disponer de capacidad para transformar leche en diferentes productos, se ven obligadas a seguir produciendo quesos cuya demanda a caído drásticamente.

Para aliviar las difíciles condiciones de mercado,  en aplicación de lo dispuesto en los Reglamentos Delegados (UE) 2016/1238 de la Comisión de 18 de mayo de 2016 que completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y la ayuda para el almacenamiento privado y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado, la Comisión ha publicado los siguientes Reglamentos por el que se abren las convocatorias para el almacenamiento privado de mantequilla, leche desnatada en polvo y queso:

Estas ayudas, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), quedan regulada por lo dispuesto en los citados Reglamentos comunitarios, así como por los Procedimientos 9/2020 de Concesión de Ayudas al almacenamiento privado de mantequilla por el sistema de ayuda fijada por anticipado, 8/2020 de Concesión de Ayudas al almacenamiento privado de leche desnatada en polvo por el sistema de ayuda fijada por anticipado y 10/2020 de Concesión de Ayudas al almacenamiento privado de queso por el sistema de ayuda fijada por anticipado, publicados por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas de almacenamiento privado de estos productos en Andalucía, los agentes económicos afincados y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea, que pretendan llevar a cabo el almacenamiento de mantequilla y leche desnatada en polvo por un periodo de tiempo comprendido entre 90 y 180 días naturales, y de queso por un periodo de tiempo comprendido entre 60 y 180 días naturales, en instalaciones ubicadas en Andalucía, para lo que deberán presentar la correspondiente solicitud.

En Andalucía, al objeto de regular estas ayudas en nuestra Comunidad, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la  Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se desarrolla la convocatoria de las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/597 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de mantequilla y se fija por anticipado el importe de la ayuda, la Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se desarrolla la convocatoria de las ayudas previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/598 de la Comisión de 30 de abril de 2020 por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de leche desnatada en polvo y se fija por anticipado el importe de la ayuda y la Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se desarrolla la convocatoria de las ayudas previstas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/591 de la Comisión, de 30 de abril de 2020, por el que se abre, con carácter temporal y excepcional, un régimen de ayuda al almacenamiento privado de determinados quesos y se fija por anticipado el importe de la ayuda, donde se detallan entre otros aspectos, las condiciones de los solicitantes, los productos objeto de ayuda, el momento y forma de presentación de las solicitudes, las cuantías de las ayudas, las obligaciones de los contratantes, etc.

Plazos de presentación:

Las solicitudes se podrán presentar a partir del 7 de mayo de 2020, siendo la fecha límite para la presentación de las mismas el 30 de junio de 2020.

Tramitación de solicitudes en mantequilla: datos básicos

Tramitación de solicitudes en leche desnatada en polvo: datos básicos

Tramitación de solicitudes en queso: datos básicos

  • Solicitud vía telemática. El Reglamento Delegado (UE) 2020/591 de la Comisión de 30 de abril de 2020 fijó un cupo máximo para España de 4.592 toneladas de almacenamiento privado de queso, teniendo en cuenta que con las cantidades solicitadas a nivel Nacional esté cupo llegó a su límite el pasado 15 de mayo de 2020, queda el procedimiento concluido al superar el cupo asignado.

Asistencia técnica para presentación de las ayudas:

Teléfono
955032000
Buzón de consultas
Índice