Juan Marín Lozano
Juan Marín Lozano
Autoría: Judith Arnal
Publica: Centre for European Policy Studies (CEPS)
Fecha: 2 de julio de 2026
Desde 2022, y en un contexto geopolítico cada vez más complejo, la UE ha ido construyendo un marco jurídico que condiciona el acceso a los contratos públicos, y a la financiación comunitaria vinculada a ellos, al origen, el control o la producción en la UE. No diseñó este marco jurídico, sino que lo fue acumulando, instrumento a instrumento, sin que ninguno se adaptara a los demás. El resultado es un régimen de preferencia de origen cuya naturaleza solo se hace evidente al comparar los distintos instrumentos.
Este informe de análisis en profundidad del CEPS las compara. Analiza las medidas «Hecho en Europa» en dos dimensiones. La primera es la técnica sustantiva que emplean: diversificación, reciprocidad, contenido de origen comunitario y requisitos sobre el establecimiento, el control y la ubicación de la producción de los operadores. La segunda es el instrumento jurídico mediante el cual se impone la obligación: actos legislativos, las normas de elegibilidad de los programas de financiación de la UE y los marcos administrativos adoptados por las autoridades contratantes y los órganos institucionales de la UE.
A partir de esto, el análisis deriva cinco principios para el diseño y la revisión de cualquier instrumento de preferencia de origen, cualquiera que sea su vehículo jurídico: justificación en virtud del derecho primario; compatibilidad externa demostrada, no presumida; procedimientos de revisión correlacionados con obligaciones sustantivas; preferencia por la mitigación operativa sobre la exclusión estructural; y coherencia entre instrumentos como objetivo de diseño, no como casualidad. Estos principios no resuelven la disyuntiva entre apertura y autonomía estratégica. Establecen las condiciones que debe cumplir cualquier elección de este tipo para ser lícita, compatible con los compromisos de la UE, económicamente defendible y administrativamente coherente. En definitiva, son las condiciones que la UE lleva tiempo exigiendo a los demás.