Información general
Personal funcionario o laboral con una relación preexistente de carácter fija e indefinida en cualquiera de las Administraciones que forman parte del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada (Junta de Andalucía, Diputación Provincial de Granada y Ayuntamientos de: Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Cijuela, Cúllar Vega, Dílar, Fuente Vaqueros, Gójar, Granada, Güevéjar, Huétor Vega, Jun, La Zubia, Láchar, Las Gabias, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos Genil, Pinos Puente, Pulianas, Santa Fe, Valderrubio, Vegas del Genil y Víznar) así como el personal del Sector Público Andaluz siguiente: a) Instituciones y Administración de la Junta de Andalucía y agencias administrativas; b) Agencias de régimen especial; c) Agencias públicas empresariales, Sociedades mercantiles del Sector Público Andaluz, Consorcios, Fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. En ambos casos, deberá encontrarse en servicio activo y haber prestado servicios como personal laboral o funcionario de carácter fijo indefinido en cualquiera de estas Administraciones, al menos durante un año.