Ayuda doméstica
15% con un máximo de 250 euros para la persona titular del hogar familiar* de la cantidad satisfecha por cuenta del empleador/a a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada de hogar.
Requisitos
- Vivienda habitual del empleador/a.
- Que conste en la Tesorería General de la Seguridad Social la afiliación en Andalucía al Sistema Especial del Régimen General de la Seguridad Social de Empleados del Hogar.
- Que los cónyuges o miembros integrantes de la pareja, inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sean madres o padres de hijos que formen parte de la unidad familiar y que ambos perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
En este supuesto, podrá aplicarse la deducción la persona titular del hogar familiar o su cónyuge o pareja de hecho.
- Que los contribuyentes sean madres o padres de familia monoparental y perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.