Condonación de préstamo constituido para creación de negocio

Para poner en marcha un negocio profesional, una matrimonio recibió un préstamo sin intereses. La prestataria fue la ahor consultante y los prestamistas su madre y su tío carnal. Antes de empezar a devolver el dinero, se estableció en el contrato un periodo de carencia. Ahora se plantean la posibilidad de condonar el préstamo y acogerse a las bonificaciones fiscales establecidas por Andalucía.

Aunque solo cuestionan la bonificación establecida en el artículo 29, se le indica que también sería posible acogerse a la del artículo 33 TER teniendo en cuenta la fecha de devengo.

TEXTO DE LA CONSULTA 14/2019

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