Tasa por tramitación de autorizaciones de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y de almacenes de distribución de medicamentos

Actualización 2025 (artículo 41, Ley 7/2024, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.)

Tasa por tramitación de autorizaciones de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y de almacenes de distribución de medicamentos Cuota Tributaria
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
1. Hospitales:  
  1.1. Autorización sanitaria de instalación:  
    1.1.1. Cantidad base. 62,42 euros
    1.1.2. Cantidad variable según el número de unidades asistenciales:  
      Hasta 15 unidades. 104,04 euros
      De 16 a 30 unidades. 208,08 euros
      Más de 30 unidades. 312,12 euros
  1.2. Autorización sanitaria de funcionamiento:  
    1.2.1. Cantidad base. 312,12 euros
    1.2.2. Por cada unidad asistencial. 20,81 euros
  1.3. Autorización sanitaria de modificación:  
    1.3.1. Por cambios en la estructura del hospital. 156,06 euros
    1.3.2. Por cambios en los servicios que constituyen la oferta asistencial del hospital:  
      Cantidad base. 156,06 euros
      Por cada unidad asistencial. 10,40 euros
    1.3.3. Por cambios en la estructura del hospital y en los servicios que constituyen la oferta asistencial del hospital:  
      Cantidad base. 312,12 euros
      Por cada unidad asistencial. 20,81 euros
  1.4. Renovación de la autorización sanitaria de funcionamiento. Según el número de unidades asistenciales:  
    1.4.1. Hasta 15 unidades. 208,08 euros
    1.4.2. De 16 a 30 unidades. 416,16 euros
    1.4.3. Más de 30 unidades. 624,24 euros
2. Centros y servicios extrahospitalarios (excepto centros de transporte sanitario):
  2.1. Autorización sanitaria de instalación:  
    2.1.1. Cantidad base. 62,42 euros
    2.1.2. Por cada cada unidad asistencial. 10,40 euros
  2.2. Autorización sanitaria de funcionamiento:  
    2.2.1. Cantidad base. 104,04 euros
    2.2.2. Por cada cada unidad asistencial. 20,81 euros
  2.3. Autorización sanitaria de modificación:  
    2.3.1. Por cambios en la estructura del centro o servicio extrahospitalario. 52,02 euros
    2.3.2. Por cambios en los servicios que constituyen la oferta asistencial del centro o servicio:  
      Cantidad base. 52,02 euros
      Por cada unidad asistencial. 10,40 euros
    2.3.3. Por cambios en la estructura del centro o servicio extrahospitalario y en los servicios que constituyen la oferta asistencial del centro o servicio:  
      Cantidad base. 104,04 euros
      Por cada unidad asistencial. 20,81 euros
  2.4. Renovación de la autorización sanitaria de funcionamiento. Según el número de unidades asistenciales:  
    2.4.1. Hasta 5 unidades. 104,04 euros
    2.4.2. 6 o más. Por cada unidad. 20,81 euros
3. Centros de transporte sanitario:  
  3.1. Autorización sanitaria de funcionamiento:  
    3.1.1. Ambulancia no asistida (cuidados mínimos). 59,30 euros
    3.1.2. Ambulancia asistencial soporte vital básico (medicalizables). 72,83 euros
    3.1.3. Ambulancia asistencial soporte vital avanzado (medicalizada). 104,04 euros
    3.1.4. Transporte sanitario colectivo. 41,62 euros
    3.1.5. Helicóptero. 156,06 euros
4. Establecimientos sanitarios de óptica, ortopedia y audioprótesis:  
  4.1. Autorización de instalación. 62,42 euros
  4.2. Autorización de funcionamiento. 156,06 euros
  4.3. Autorización de modificación. 72,83 euros
  4.4. Renovación. 104,04 euros
5. Establecimientos sanitarios de botiquín farmacéutico y oficina de farmacia:  
  5.1. Autorización de instalación y traslado. 62,42 euros
  5.2. Autorización de funcionamiento. 156,06 euros
  5.3. Autorización de modificación de local. 72,83 euros
6. Almacenes de distribución de medicamentos:  
  6.1. Autorización o modificación de la misma. 156,06 euros
  6.2. Certificado de buenas prácticas de distribución. 156,06 euros
7. Bancos de tejidos:  
  7.1. Autorización específica por cada uno de los tejidos objeto de sus actividades. 156,06 euros
8. Cambio de titularidad en todos los centros y establecimientos anteriores. 31,21 euros
9. Otras autorizaciones especificas de los centros y establecimientos anteriores, no comprendidas en apartados anteriores. 62,42 euros
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